DECRETO 887/2015
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)
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Centro de Recuperación de Lactantes Desnutridos. Ratifica resolución 2178/14.
Del: 08/06/2015; Boletín Oficial 13/07/2015
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Visto el expediente 1292-D-14-77770, en el cual se solicita se ratifique la Resolución N° 2178/14, mediante la cual se aprobó el Acuerdo de Partes de modificación de valores unitarios, por todos los pacientes ingresados, egresados y consultas ambulatorias de los Centros de Recuperación de Lactantes Desnutridos Madre Teresa de Calcuta y de Prevención y Promoción Humano El Plumerillo, a partir del 1 de mayo de 2014, celebrado entre el Ministerio de Salud, representado por el Sr. ex Ministro Dr. Matías Ernesto Roby y la Fundación Cooperadora de la Nutrición Infantil (CONIN), representada por su Presidente Dr. Abel Pascual Albino, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 10. Ajuste del Convenio ratificado por Decreto N° 314/13 y su modificatorio Decreto N° 1133/14; y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un vicio leve que puede ser subsanado en virtud de los términos establecidos por la Ley de Procedimiento Administrativo N° 3909, Art. 77 incs. b) y c) y Art. 78.
Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y en virtud de lo establecido por el Arts. 2° incs. a) y d), 18 y 19 de la Ley N° 8637.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
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Artículo 1º- Ratifíquese la Resolución N° 2178 de fecha 1 de septiembre de 2014, mediante la cual se aprobó el Acuerdo de Partes de modificación de valores unitarios, por todos los pacientes ingresados, egresados y consultas ambulatorias de los Centros de Recuperación de Lactantes Desnutridos Madre Teresa de Calcuta y de Prevención y Promoción Humano El Plumerillo, a partir del 1 de mayo de 2014, celebrado entre el Ministerio de Salud, representado por el Sr. ex Ministro Dr. Matías Ernesto Roby y la Fundación Cooperadora de la Nutrición Infantil (CONIN) , representada por su Presidente Dr. Abel Pascual Albino, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 10. Ajuste del Convenio ratificado por Decreto N° 314/13 y su modificatorio Decreto N° 1133/14, la que en fotocopia autenticada como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2°- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
FRANCISCO HUMBERTO PEREZ - Oscar E. Renna
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ANEXO
RESOLUCION N° 2.178
Mendoza, 1 de setiembre de 2014
Visto el expediente 1292-D-14-77770, en el cual se solicita la aprobación del Acuerdo de Partes de modificación de valores unitarios por todos los pacientes ingresados, egresados y consultas ambulatorias de los Centros de Recuperación de Lactantes Desnutridos Madre Teresa de Calcuta y de Prevención y Promoción Humano El Plumerillo, a partir del 1 de mayo de 2014, celebrado entre el Ministerio de Salud, representado por el Señor Ministro Dr. Matías Ernesto Roby y la Fundación Cooperadora de la Nutrición Infantil (CONIN), representada por su Presidente Dr. Abel Pascual Albino, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 10. Ajuste del Convenio ratificado por Decreto N° 314/13 y su modificatorio Decreto N° 1133/14.
Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y en virtud de lo establecido por el Arts. 2° incs. a) y d), 18 y 19 de la Ley N° 8637.
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º- Aprobar el acuerdo de partes de modificación de valores unitarios por todos los pacientes ingresados, egresados y consultas ambulatorias de los Centros de Recuperación de Lactantes Desnutridos Madre Teresa de Calcuta y de Prevención y Promoción Humano El Plumerillo, a partir del 1 de mayo de 2014, celebrado entre el Ministerio de Salud, representado por el Señor Ministro Dr. Matías Ernesto Roby y la Fundación Cooperadora de la Nutrición Infantil (CONIN), representada por su Presidente Dr. Abel Pascual Albino, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 10. Ajuste del Convenio ratificado por Decreto N° 314/13 y su modificatorio Decreto N° 1133/14, el que en fotocopia autenticada como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente resolución será atendido con cargo a la siguiente partida del Presupuesto año 2014: Cta. General: S96100 41302 000 Unidad de Gestión: S01001
Art. 3°- Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.
Matías E. Roby
ANEXO
Acuerdo de Partes - Convenio CONIN
Entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado en este acto por el Señor Ministro de Salud, Dr. Matías Ernesto Roby, en adelante La Provincia, fijando domicilio legal en calle Peltier 351, 5° Piso, cuerpo Central, por una parte y por la otra, la Fundación Cooperadora de la Nutrición Infantil (CONIN), representada por su Presidente Dr. Abel Pascual Albino, con domicilio legal en calle 25 de Mayo 859, de la Ciudad de Mendoza, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 10° (Ajuste) del Convenio Ratificado por Decreto N° 314 del 01 de marzo de 2013, celebran el presente acuerdo de modificación de valores unitarios por todos los pacientes ingresados, egresados y consultas ambulatorias de los Centros CRN (Centro de Recuperación de Lactantes Desnutridos) Madre Teresa de Calcuta y CPP (Centro de Prevención y Promoción Humano) El Plumerillo, a partir del 1 de Mayo 2014 debido al último aumento paritario del Ministerio de Salud y de acuerdo al siguiente detalle
CRN
Servicio de internación:
Módulo Ingreso: $ 193,49 (valor unitario por cada ingreso)
Módulo Internación: $ 282,47 (valor de internación diaria)
Módulo Alta: $ 103,04 (valor unitario por cada egreso)
Servicio Ambulatorio
Módulo Ingreso: $ 176,34 (valor unitario por cada egreso)
Módulo Seguimiento: $ 150,18 (valor unitario por consulta)
Módulos Ingresos embarazadas: $ 176,34 (valor unitario por ingreso)
Programa embarazadas: $ 74,31 (valor unitario por consulta)
CPP
Servicio ambulatorio
Módulo Ingreso: $ 309,37 (valor unitario por ingreso)
Módulo Ingreso embarazada: $ 309,37 (valor unitario por ingreso)
Módulo Seguimiento: $ 209,16 (valor unitario por consulta)
Programa embarazadas: $ 74,31 (valor unitario por consulta).
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los 5 días del mes de mayo de 2014.
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