DECRETO 1002/2015
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Programa de Médicos Comunitarios - Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención.
Del: 24/06/2015; Boletín Oficial 20/07/2015

Visto el expediente 3087-D-15-77770, en el cual se solicita la aprobación del Convenio Prórroga celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el Sr. Ministro, Dr. Daniel Gustavo Gollan y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Ministro de Salud Dr. Oscar E. Renna, con el objeto de darle continuidad al Programa de Médicos Comunitarios - Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención (Resoluciones N° 915/14 y sus modificatorias), aprobado por Decreto N° 921/11.
Por ello, en razón de lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Legal del Ministerio de Salud,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1°- Apruébese el Convenio Prórroga celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el Sr. Ministro, Dr. Daniel Gustavo Gollan y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Ministro de Salud Dr. Oscar E. Renna, con el objeto de darle continuidad al Programa de Médicos Comunitarios - Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención (Resoluciones N° 915/14 y sus modificatorias), aprobado por Decreto N° 921/11, el que en fotocopia autenticada como Anexo forma parte integrante el presente decreto.
Art. 2°- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
FRANCISCO HUMBERTO PEREZ - Oscar E. Renna

ANEXO
Convenio Prórroga entre el Ministerio de Salud de la Nación y la Provincia de Mendoza, para la Continuidad del Programa Médicos Comunitarios - Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención (Resolución 915/04 y sus modificatorias)
Entre el Ministerio de Salud de la Nación, en adelante EL MINISTERIO, representado por el señor Ministro de Salud de la Nación, Dr. Daniel Gustavo Gollan, con domicilio en la Avenida 9 de Julio 1925, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la provincia de Mendoza, representado por el Señor Ministro de Salud Dr. Oscar Enrique Renna, con domicilio en la calle Peltier 351 - 5° piso - Cdad., en adelante JURISDICCIÓN, se conviene en celebrar el presente convenio prórroga para la puesta en marcha del Programa de Médicos Comunitarios - Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención, a tenor de las siguientes cláusulas:
OBJETIVOS GENERALES
Cláusula Primera: Prorrogar por el término de un año a partir del día 1° de abril de 2015 al 31 de marzo de 2016, el convenio suscripto el día 10 de mayo de 2011, entre el Ministerio de Salud de la Nación y la Provincia de Mendoza, que forma parte integrante del presente.
Cláusula Segunda: Se adjunta el listado del Recurso Humano que integran los equipos comunitarios para la aprobación y financiación de Nación.
Cláusula Tercera: Las partes podrán rescindir unilateralmente la prórroga del presente convenio, mediante notificación fehaciente con una antelación no menor a los 30 (treinta) días.
Cláusula Cuarta: Las restantes cláusulas se mantendrán inalterables y se tiene por reproducidas en el presente convenio.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares originales de un mismo tenor y a un solo efecto, a los 8 días del mes de junio de 2015.

Copyright © BIREME  Contáctenos