Visto el expediente 409-D-15-77770 y sus acumulados 11-D-14-04801, 104-H-13-04632, 1790-H-13-91625 y, 2498-H-12-04280, en el cual se gestiona la acreditación de Residencias en distintas dependencias del Ministerio, en el marco de la Convocatoria de Acreditación de Residencias 2013, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 44/45 del expediente 11-D-14-04801, el Consejo Asesor Directivo de la Comisión Permanente de Residencias presenta el dictamen referido a la acreditación de la Residencia de Medicina de Familia (Primer Nivel) Área Sanitaria Maipú.
Que a fs. 71/72 del expediente 104-H-13-04632, el Consejo Asesor Directivo de la Comisión Permanente de Residencias presenta el dictamen referido a la acreditación de la Residencia de Medicina de Familia (Primer Nivel) Hospital Domingo Sícoli.
Que a fs. 87/88 del expediente 1790-H-13-91625, el Consejo Asesor Directivo de la Comisión Permanente de Residencias presenta el dictamen referido a la acreditación de la Residencia de Cardiología (Primer Nivel) de la Obra Social de Empleados Públicos (O.S.E.P.).
Que a fs. 65/66 del expediente 2498-H-12-04280, el Consejo Asesor Directivo de la Comisión Permanente de Residencias presenta el dictamen referido a la acreditación de la Residencia de Clínica Médica (Primer Nivel) Hospital Alfredo I. Perrupato.
Por ello, en razón del pedido formulado, la conformidad de la Subsecretaría de Administración y Planificación y en virtud a lo establecido en el Art. 20 de la Ley N° 7857.
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
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