RESOLUCION 1966/2015
MINISTERIO DE SALUD


 
Becas compensatorias a los Jefes de Residentes nacionales para el ciclo lectivo 2015-2016.
Del: 14/10/2015; Boletín Oficial 22/01/2016

Visto el expediente 3748-D-15-77770, por el cual se solicita se otorguen becas compensatorias a los Jefes de Residentes nacionales para el ciclo lectivo 2015-2016, y
CONSIDERANDO:
Que los Arts. 8° y 9° de la Resolución Ministerial N° 2186/09 disponen que los pagos a profesionales residentes, no incluidos en el Anexo I que forma parte de la misma, serán reconocidos por Actas Complementarias autorizadas por Resolución a los fines de su implementación.
Por ello, en razón de lo informado por la Dirección de Recursos Humanos, lo dictaminado, por la Dirección de Asuntos Jurídicos a fs. 27, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. 51 y 102 de la Ley N° 7857, Art. 3° del Decreto-Acuerdo N° 4096/07 y Arts. 8° y 9° de la Resolución Ministerial N° 2186/09,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1°- Aprobar el Acta Complementaria N° 15 celebrada por la Dirección da Recursos Humanos y la Dirección General de Administración del Ministerio, para incluir en el sistema de Becas Compensatorias, a los Jefes de Residentes del Servicio de Medicina de Familia Dra. María Emilia, Peralta, en el Área Sanitaria Maipú y Dr. Angel Javier Suñer en el Área Sanitaria Godoy Cruz, para el ciclo 2015-2016, beneficiarios de las ayudas económicas nacionales que deben ser equiparadas a las asignaciones de los médicos de planta provinciales, de acuerdo a lo establecido en el Art. 51 de la Ley Nº 7857 y Arts. 8° y 9° de la Resolución Ministerial N° 2186/09, invirtiéndose en ello hasta la suma de pesos ciento ochenta y nueve mil cuatrocientos treinta y siete con 60/100 centavos ($ 189.437,60) correspondiente al período de junio a diciembre de 2015, en conformidad al detalle que se indica en el Anexo I del Acta Complementaria N° 15, que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2°- El gasto que demanda el cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 1° de la presente resolución será atendido en el presente ejercicio con cargo a la siguiente partida del presupuesto año 2015: Cuenta General: S96100 43104 000 Transferencias U. De Gestión: S01001 Insumo: 126000016 Beca Compensatoria, Ley N° 7857 Ministerio de Salud.
Art. 3°- Reconocer el pago de los médicos Residentes nacionales a partir del mes de junio de 2015 según detalle del Anexos I del Acta Complementaria N° 15.
Art. 4°- Establecer que la registración y pago del gasto no ajustará en un todo a lo establecido, en la Resolución N° 2186/09.
Art. 5°- Establecer que la vigencia de la matrícula profesional será documentada con la información suministrada por la Subdirección de Asuntos Profesionales y Concursos y el Departamento de Matriculaciones del Ministerio de Salud en forma complementaria y por fuera de la mencionada planilla.
Art. 6°- Autorizar a los Servicios Administrativos del Ministerio a actualizar el valor de la beca compensatoria de acuerdo a las variaciones que por cualquier motivo se produzcan en las ayudas económicas correspondientes a los médicos residentes provinciales a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 51 de la Ley N° 7857, en la Cuenta: S96100 43104 000 o financiamiento que se encuentre disponible al momento de su imputación.
Art. 7°- Autorizar a la Dirección General de Administración para que a través de los Servicios Administrativos se proceda a la imputación correspondiente al período enero a mayo de 2016, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100, Inc. b) de la Ley N° 8706.
Art. 8°- Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.
Oscar E. Renna

ANEXO
Acta Complementaria Nº 15 de la Resolución Ministerial Nº 2186/09
La Dirección General de Recursos Humanos, Infraestructura e Insumos y la Dirección General del Ministerio de Salud acuerdan celebrar la presente Acta Complementaria, en cumplimiento de lo dispuesto en los Arto. 8º y 9° de la Resolución Ministerial N° 2186/09, que dispone:
Incluir a los Jefes de Residentes del Servicio de Medicina de Familia Dra. María Emilia Peralta, en el Área Sanitaria Maipú y Dr. Angel Javier Suñer en el Área Sanitaria Godoy Cruz, para el ciclo 2015-2016, y que reciben ayuda económica nacional, al sistema de pago de Becas Compensatorias, con el fin de equiparar las ayudas económicas nacionales a las asignaciones de los médicos residentes de planta provinciales en lo que respecta a su capacitación, de acuerdo a lo establecido en el Art. 51 de la Ley N° 7857, en conformidad al detalle que se indica en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Acta Complementaria.
Inviértase en la presente Acta Complementaria la suma de pesos ciento ochenta y nueve mil cuatrocientos treinta y siete con 60/100 centavos ($ 189.437,60), en conformidad al detalle que se indica en Anexo I.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y aun sólo efecto en la Ciudad de Mendoza a los veinticuatro días del mes de septiembre de dos mil quince.

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