DECRETO 123/2015
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)
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Programa Río Negro Emergencias.
Del: 26/02/2015; Boletín Oficial 19/03/2015
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Visto: el Expediente N° 100.675-MSyJ-2015 del Registro de Ministerio de Seguridad y Justicia, la Ley S N° 4.200, la Resolución 1.582/13; y
CONSIDERANDO:
Que la Seguridad ciudadana encabeza las demandas de la sociedad actual y obliga a diseñar esquemas alternativos a los existentes, que sean exitosos en su cometido de disminuir los niveles de inseguridad sin sacrificar el avance de la democracia, el respeto por los derechos humanos y las garantías ciudadanas;
Que en los últimos años, se ha desarrollado un paradigma del concepto de la seguridad pública con base en la prevención y la participación de la comunidad, que anticipa, evita y/o complementa las formas reactivas tradicionales de represión de la criminalidad, centrando sus esfuerzos en la resolución temprana de los problemas que puedan generar conflicto social;
Que el Programa “Río Negro Emergencias” tiene como misión generar las condiciones técnicas, normativas y de funcionamiento para implementar tecnologías innovadoras de monitoreo y alertas ciudadanas que contribuyan a: mejorar la calidad de vida de los vecinos; optimizar la gestión de los recursos y los tiempos de asistencia a las más diversas contingencias; generar nuevos canales de participación y protección ciudadana, y brindar una herramienta clave para asegurar una mejor asistencia material a las emergencias por los organismos competentes;
Que para asegurar el óptimo funcionamiento de las tecnologías digitales requeridas para la puesta en marcha del Programa “Río Negro Emergencias”, se requiere gestionar acciones, e invertir en el desarrollo de una infraestructura de red pública adecuada a estos fines, cuya existencia permitirá al Estado mantenerse a la vanguardia en las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs); aplicar soluciones inteligentes a los servicios públicos, entre otros ámbitos; y favorecer el desarrollo de plataformas de datos aportados directamente por el ciudadano que permitan a los organismos de emergencias detectar, prevenir y alertar incidencias;
Que a los fines de integrar los canales de atención de emergencias existentes y ampliar su acceso a través de nuevas tecnologías, se requiere crear un Sistema Integrado de Alertas Ciudadanas (SIAC), que mantenga las competencias de los organismos de asistencia en las tareas de despacho pero que permita converger y administrar los diversos canales de alertas, acelerando los tiempos de respuesta;
Que se requiere integrar los canales de denuncias y alertas por telefonía, ya existentes, con los nuevos dispositivos disponibles por los ciudadanos (aplicaciones móviles, web, cámaras, alarmas, etcétera), ampliando los canales de acceso a la tecnología masiva y de uso cotidiano;
Que por Ley N° 3.634 la Provincia de Río Negro adhiere a la Ley Nacional N° 25.367 que asigna el número asterisco novecientos once (*911) para la atención telefónica de emergencias, y que por Resolución N° 1.147/13 se inició la provisión del servicio F911, siendo necesario garantizar una estructura de funcionamiento estable, eficiente, en articulación plena con las nuevas tecnologías de detección de emergencias ampliando los reportes a través del cruce de información y datos aportados por los diferentes medios aportada por el ciudadano para su prevención;
Que a nivel provincial se han desarrollado experiencias exitosas de participación ciudadana con emisión de alertas tempranas en materia de seguridad, a saber: 0800 Droga y botón antipánico en taxis;
Que por todo lo dicho se espera favorecer el desarrollo de plataformas para el gobierno abierto, con la apertura de nuevos canales de participación comunitaria ante emergencias, y la protección ciudadana como resultado de la integración operativa y las nuevas tecnologías para captar y disuadir el delito:
Que en virtud de las modificaciones introducidas por la Ley N° 4.907 a la Ley N° 4.794, en relación a las competencias del Ministerio de Gobierno y a la creación del Ministerio de Seguridad y Justicia, que fuera promulgada con fecha 15 de Noviembre de 2.013, siendo posterior a la firma del Convenio ratificado por Resolución N° 1.582/13, se requiere adecuar la órbita de funcionamiento del Programa al Ministerio de Seguridad y Justicia;
Que para asegurar el desarrollo de dichas condiciones operativas y logísticas se requiere conformar un Comité Ejecutivo presidido por el Ministerio de Seguridad y Justicia, considerando que es su facultad entender en la promoción de la seguridad de los habitantes de la Provincia y que bajo su órbita se encuentran las principales áreas de atención de emergencias y seguridad ciudadana, a saber: Defensa Civil, Bomberos Voluntarios, Seguridad Vial y la fuerza policial, siendo requerida así también la representación del Jefe de Policía;
Que asimismo deberán integrar el Comité: el Ministro de Salud, en su calidad de autoridad máxima del organismo especializado en la atención de emergencias sanitarias, y el Ministro de Gobierno en virtud de su competencia para participar en la ejecución de programas y políticas interministeriales, interorganizacionales e interjurisdiccionales, que en concurrencia con las áreas con competencias afines, aseguren el avance de las definiciones estratégicas impartidas por el Gobernador;
Que Alta Tecnología Sociedad del Estado (ALTEC S.E.) integra el sector público provincial como Sociedad del Estado en los términos del artículo 27° de la Ley K N° 4.794, y que conforme el artículo 10° de la Ley N° 4.829, es el órgano encargado de la provisión de servicios y equipamientos informáticos y de infraestructura de las telecomunicaciones;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad y Justicia, Secretaría Legal y Técnica y Fiscalía de Estado mediante Vista N° 00692/15;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 181° inciso 1) de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador
de la Provincia de Río Negro
DECRETA
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Artículo 1°.- Créase el Programa “Río Negro Emergencias”, bajo la órbita del Ministerio de Seguridad y Justicia, con el objetivo de implementar un sistema interconectado de alcance provincial con transmisión de datos e imágenes para la prevención, el control y la actuación temprana frente a accidentes, siniestros, delitos, contingencias sanitarias, climáticas y otras situaciones que requieran asistencia inmediata, que como Anexo forma parte del presente.-
Art. 2°.- Créase la Dirección de Seguridad Ciudadana, dependiente directamente del Ministro de Seguridad y justicia, la tendrá como función la organización y coordinación del Programa, y será el responsable político de las acciones derivadas del mismo.-
Art. 3°.- Créase el Comité Ejecutivo del Programa “Río Negro Emergencias” que tendrá por misión asegurar la provisión de la infraestructura de red necesaria para asegurar el cumplimiento de los objetivos del Programa, generar las acciones que resulten necesarias para su desarrollo, y asegurar la interconexión operativa y funcional de las alertas recibidas a fin de propender a optimizar los estándares de eficiencia en la respuesta a la emergencia.-
Art. 4°.- El Comité Ejecutivo será integrado por el Ministro de Seguridad y Justicia, quién presidirá el mismo, el Ministro de Gobierno, el Ministro de Salud y el Jefe de Policía. A fines operativos se conformará un equipo técnico integrado por un representante de cada uno de los miembros del Comité Ejecutivo, los que serán convocados a instancia del Director del Programa.-
Art. 5°.- El Programa “Río Negro Emergencias” funcionará bajo las directivas impartidas por el Director de Seguridad Ciudadana, quedando su implementación, desarrollo y mantenimiento a cargo de Alta Tecnología Sociedad del Estado (ALTEC S.E).-
Art. 6°.- Créase el Sistema Integrado de Alertas Ciudadanas (SIAC) bajo la órbita del Programa “Río Negro Emergencias”, con el objetivo de integrar el servicio de atención de emergencias, generar nuevos canales de participación comunitaria ante urgencias, unificar los reportes de alertas y contribuir a mejorar la asistencia material a la emergencia por los organismos competentes.-
Art. 7°.- El SIAC operará a través de un Centro Integrado de Monitoreo (CIM) y Centros de Operaciones Integrados (COI), estos últimos creados mediante Convenio con los municipios que adhieran a la implementación del Programa “Río Negro Emergencias”, a través del Ministerio de Seguridad y Justicia.-
Art. 8°.- Se faculta al Ministerio de Economía a realizar la reasignación de las partidas presupuestarias que correspondan y a recibir asistencia financiera mediante transferencias del sector público y/o privado, nacional y/o externo, para la creación y funcionamiento del Programa “Río Negro Emergencias”.-
Art. 9°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Seguridad y Justicia, Ministro de Gobierno, Ministro de Salud y el Ministro de Economía.-
Art. 10º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y cumplido, archívese.-
WERETILNECK - G. Pérez Estevan - L. Di Giácomo - A. Palmieri - L. Zgaib
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ANEXO ÚNICO AL DECRETO N° 123
PROGRAMA “RIO NEGRO EMERGENCIAS”
El Programa Provincial “Río Negro Emergencias” implica la instalación de un sistema interconectado de alcance provincial con transmisión de datos e imágenes para la prevención, el control y la actuación inmediata frente a hechos delictivos, accidentes, contingencias climáticas y otras situaciones de emergencia que sucedan en el territorio rionegrino.
Varias experiencias exitosas han demostrado que la tecnología puesta al servicio de la comunidad, revoluciona las posibilidades de este nuevo enfoque preventivo y genera resultados contundentes a corto plazo en la medición de los índices de inseguridad. Muchas de estas experiencias han sido implementadas a nivel local.
Sin embargo, a nivel provincial las posibilidades de acción preventiva trascienden, porque es la Provincia quién detenta el poder de la fuerza policial y la responsabilidad de la seguridad ciudadana, con la consecuente posibilidad de convergencia logística y administrativa de los recursos y el acceso al diseño e implementación de políticas preventivas regionales y de interconexión urbana.
En este sentido, la incorporación de un programa de videovigilancia y alertas tempranas al sistema de seguridad pública provincial permite avanzar en políticas de disuasión, anticipación y detección del delito en todas sus formas, constituyendo asimismo un aporte significativo para la Justicia, a través de la captación de imágenes en los puntos neurálgicos de cada localidad y de sus accesos, con posibilidad de recepción de imágenes en centros de monitoreo en conexión directa con otros servicios de atención de emergencias y respuesta policial.
IMPORTANCIA ESTRATÉGICA
La instrumentación de tecnología se pone al servicio de la seguridad multiplicando la presencia policial, posibilitando una administración eficiente de los recursos existentes, generando nuevos canales de participación ciudadana, y brindando una herramienta clave para la investigación judicial en los casos que se requiera.
OBJETIVO:
El objetivo del Programa es brindar un servicio público de seguridad ciudadana y atención de emergencias con soporte en tecnologías de videovigilancia y alertas tempranas, con una visión integrada y convergente de las tecnologías existentes a nivel provincial, con la finalidad de monitorear e interconectar las principales ciudades de la Provincia de Río Negro, ampliando las medidas de prevención y detección del delito, como también otros incidentes que puedan ocurrir en la vía pública.
ETAPAS DE IMPLEMENTACION
I - Región del Alto Valle
II - Zona Andina.
III - Zona Atlántica.
IV - Puntos de Ingreso/egreso a la provincia.
COMPONENTES DEL PROGRAMA
a) INSTALACIÓN DE CENTROS DE MONITOREO REGIONALES (CIM) Y LOCALES (COI) con un desarrollo progresivo, comenzando por las regiones más densamente pobladas y por ende más conflictivas, y continuando a medida del desarrollo de la infraestructura de red.
Los Centros de Monitoreo consisten en un sistema de Monitoreo y Alertas Tempranas (SIAC), con base tecnológica creada para la administración de eventos ligados a la Seguridad.
Estos paneles de control tecnológicos desde donde se harán los monitoreos permitirán brindar respuestas a la ciudadanía ante una emergencia, y como así también obtener información sobre seguridad, como estadísticas, mapas de crisis, mapas del delito, etcétera.
Los canales utilizados para las alertas serán variados, tales como llamadas de telefonía móvil y fija, mensajes de texto, mensajes de Twitter, mensajes de Facebook, los botones antipánico instalados en los diferentes medios de transporte (tales como colectivos y taxis), alarmas vecinales, alarmas instaladas en comercios a través de Posnet, y mediante el monitoreo de las cámaras de seguridad urbanas.
En la primer etapa de implementación, los Centros de Monitoreo funcionarán en las instalaciones donde funciona actualmente el Sistema 911, y con el personal capacitado a tal fin.
Paulatinamente, se irá capacitando a nuevo personal, a efectos de optimizar los resultados del sistema, y permitiendo una mayor eficiencia en las respuestas dadas a la comunidad.
b) ADAPTACION DEL SISTEMA 911 para la recepción de alertas por vías alternativas al sistema telefónico tradicional, botones de pánico, mensajes de texto, redes sociales, Internet y otras. A través de la recepción de denuncias en forma unificada, se facilita la centralización de la información, y la distribución de las demandas en forma más eficaz, logrando de esta forma una respuesta ágil a las demandas de la población y a las emergencias que pudieren suscitarse.
Mediante este servicio se permite atender las llamadas de emergencias de la comunidad en caso de riesgo contra la propiedad, seguridad, salud y medioambiente, de forma ágil, eficiente y efectiva, coordinando las acciones con los diferentes miembros del sistema (Policía Rionegrina, Defensa Civil, Bomberos, Hospitales, Juzgados Provinciales y Federales), permitiendo elaborar estrategias de prevención con tecnología de punta y personal calificado.
c) INFRAESTRUCTURA DE REDES: Promover la interconexión provincial con infraestructura de red que permita resolver los actuales vacíos de conectividad de la Provincia.
La mayor conectividad permitirá una respuesta ágil, no sólo en materia delictual, sino principalmente ante fenómenos climáticos y siniestros viales, teniendo especial consideración en las dimensiones de la Provincia.
d) EQUIPAMIENTO DE MONITOREO Y DE EMISIÓN DE ALERTAS:
Instalación de sistemas de videovigilancia y de emisión de alertas tempranas, a saber:
postes S.O.S en rutas provinciales y nacionales;
botones antipánicos en medios de transporte, a personas víctimas de violencia de género y violencia intrafamiliar;
cámaras fijas y domos, especialmente en los centros urbanos, pudiendo extenderse a otros puntos neurálgicos de la Provincia en forma paulatina;
lectores de patentes para identificar vehículos con pedidos de secuestro, etcétera.
e) SISTEMA DE GESTION Y SEGUIMIENTO DE LA ACTUACION ANTE LA EMERGENCIA: incorporación de equipamiento de rastreo satelital y software que permita el seguimiento de los móviles para una gestión más eficiente de administración de los recursos y evaluación de la respuesta a la inseguridad.
f) FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DE OPERADORES: destinada a los operadores actuales de los centros de despacho y central 911, como así también para el personal ingresante, a fin de lograr personal calificado y especializado.
g) PROTOCOLIZACION DE ACTUACIONES: El Comité Ejecutivo será el órgano encargado de crear protocolos de procedimientos, con el objeto de ajustar los modos y canales de respuesta ante las emergencias.
h) CAMPAÑAS DE DIFUSION Y CONCIENTIZACIÓN EN EL USO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS: con el fin de lograr un uso óptimo de los canales antes mencionados, a través de la educación sobre el uso de los mismos a la ciudadanía.
Cabe mencionar que las acciones descriptas son meramente enunciativas y variables de mínima, a efectos de poder desarrollar e implementar el Programa en forma progresiva.
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