RESOLUCION 1336/2016
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA


 
Tamizaje Primario de Lesiones Preneoplásicas y Neoplásicas de Cuello Uterino - Detección de Infección Genital por VPH de alto riesgo oncogénico-CH2. Modificación resolución 2461/14.
Del: 20/07/2016

VISTO: el expediente 6004/7/2016 caratulado “solicitud actualización guía de procedimientos estrategia de tamizaje para lesiones preneoplásicas y neoplásicas de cuello uterino”
CONSIDERANDO:
QUE, la Coordinación del Programa de Prevención/Detección Precoz de Cáncer Cérvico Uterino y la Unidad Coordinadora de Programas Materno Infantiles solicitan refrendar por medio de instrumentos reglamentarios oficiales específicos la actualización de guías de procedimientos a implementarse en los establecimientos de salud públicos dependientes del estado provincial, en el marco de la utilización de las prueba de detección de infección genital por VHP de alto riesgo oncogénico-CH2 como estrategia de tamizaje para la detección de lesiones preneoplásicas y neoplásicas como medida de prevención/detección precoz del cáncer de cuello uterino;
QUE, la Coordinación del Programa Provincial de Prevención/Detección Precoz de Cáncer Cérvico Uterino solicita refrendar por medio de instrumentos reglamentarios oficiales específicos la designación de los establecimientos de salud públicos y dependientes del estado provincial habilitados para la ejecución de prácticas colpo-biópsicas y para la realización de tratamientos quirúrgicos en el contexto del Programa Provincial de Prevención/Detección Precoz de Cáncer Cérvico Uterino (“nodos colpobiópsicos y/o terapéuticos”)
QUE, la documentación y fundamentos presentados justifican proceder a la actualización de las guías de procedimientos y argumentan debidamente a favor de refrendar los establecimientos habilitados para la ejecución de prácticas colpo-biópsicas y para la realización de tratamientos quirúrgicos en el contexto del Programa Provincial de Prevención/Detección Precoz de Cáncer Cérvico Uterino (“nodos colpobiópsicos y/o terapéuticos”);
QUE, algunos de los procedimientos a actualizar modifican prácticas aprobadas por Resolución 2461/14 del Ministerio de Salud de la Provincia de Misiones y por Disposición 018/14 de la Secretaria de Salud de este Ministerio;
POR ELLO;
EL MINISTRO SECRETARIO DE SALUD PÚBLICA
RESUELVE:

Artículo 1º. DÉJASE SIN EFECTO los anexos procedimentales I, II y III que fueran aprobados por Resolución 2.461 del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Misiones del 26 de septiembre del año 2.014.
Art. 2º. DÉJASE SIN EFECTO el anexo procedimental único que fuera aprobado por Disposición 018 de la Subsecretaría de Salud del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Misiones del 25 de noviembre del año 2.014.
Art. 3º. APROBAR como guía rectora de las prácticas a ejercer en los establecimientos públicos de salud dependientes del estado provincial, en el contexto de la ejecución del Programa Provincial de Prevención/Detección Precoz de Cáncer Cérvico Uterino, el documento “TAMIZAJE PRIMARIO DE LESIONES PRENEOPLÁSICAS Y NEOPLÁSICAS DE CUELLO UTERINO - DETECCIÓN DE INFECCIÓN GENITAL POR VPH DE ALTO RIESGO ONCOGÉNICO/CH2 - GUÍA DE PROCEDIMIENTOS - ACTUALIZACIÓN AÑO 2.016” que, como ANEXO ÚNICO forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 4º. DESIGNAR y AVALAR como únicos establecimientos habilitados para la ejecución de prácticas colpobiópsicas en el marco del Programa Provincial de Prevención y Detección Precoz de Cáncer Cérvico Uterino (“centros de derivación “ o “de referencia” o “nodos colpobiópsicos”), y hasta tanto se determine lo contrario, a los siguientes servicios: a.- Sector de Patología Cervical del Servicio de Ginecología del Hospital Escuela de Agudos Dr. Ramón Madariaga, b.- Servicio de Ginecología del Hospital Público SAMIC Eldorado de Autogestión Nivel III y c.- Servicio de Ginecología del Hospital Nivel II de Leandro N. Alem Dr. Juan Fernando Alegre.
Art. 5º. DESIGNAR y AVALAR como únicos establecimientos habilitados para la realización de tratamientos quirúrgicos en el marco del Programa Provincial de Prevención y Detección Precoz de Cáncer Cérvico Uterino (“centros de derivación” o “de referencia” o “nodos” terapéuticos para las lesiones preneoplásicas y neoplásicas de cuello uterino), y hasta tanto se determine lo contrario, a los siguientes servicios: a.- Sector Patología Cervical del Servicio de Ginecología del Hospital Escuela de Agudos Dr. Ramón Madariaga (centro de referencia para realización de terapéuticas de escisión de asa y tratamientos quirúrgicos con cualquier nivel de complejidad), b.- Servicio de Ginecología del Hospital Público SAMIC Eldorado de Autogestión Nivel III (centro de referencia para realización de terapéuticas de escisión de asa y tratamientos quirúrgicos hasta niveles de complejidad que no superen la histerectomía simple), c.- Servicio de Ginecología del Hospital Nivel II de Leandro N. Alem Dr. Juan Fernando Alegre (centro de referencia para realización de tratamientos quirúrgicos hasta niveles de complejidad que no superen la histerotomía simple).
Art. 6º. REGÍSTRESE, comuníquese, tomen conocimiento y/o notifíquense: Subsecretarias de Salud; Subsecretaria de Atención Primaria de Salud y Salud Ambiental, Direcciones de Zonas de Salud dependientes del Ministerio de Salud y por su intermedio a sus efectores; Hospital de Nivel III Materno Neonatal, Hospital Público SAMIC Eldorado de Autogestión Nivel III, Hospital Público SAMIC de Oberá Nivel III, Ente Público y Descentralizado Parque de la Salud “Dr. Ramón Madariaga”, Dirección del Hospital Escuela de Agudos “Dr. Ramón Madariaga”; Servicios de Anatomía Patológica y de Ginecología del Hospital Escuela de Agudos “Dr. Ramón Madariaga”, Hospital Nivel II de Leandro N. Alem Dr. Juan Fernando Alegre, Hospital de Nivel II SAMIC Iguazú Dra. Marta Schwartz, Hospital Nivel II Nuestra Señora de Fátima, Hospital Nivel II de Apóstoles, Hospital Jardín América Tadayosi Kamada, Hospital Puerto Rico Dr. R. Gutiérrez, los responsables de los Operativos Salud “MISIONES TE CUIDA; la Coordinación de los Programas Materno Infantiles; el Programa Provincial de Prevención/Detección Precoz y de Cáncer Cérvico Uterino. Cumplido. ARCHÍVESE.
Dr. Walter Miguel Villalba

ANEXO

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