ORDENANZA 1802/2016
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA GENERAL BELGRANO


 
Adhesión al Plan Sumar.
Del: 10/02/2016; Boletín Oficial 25/07/2017.

VISTO: El Compromiso de Gestión y de Administración de Fondos del Programa Sumar impulsado por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación y…
Que es un seguro de salud que brinda cobertura a embarazadas y niños/as hasta los 6 años, niños/as y adolescentes de 6 a 19 años y a las mujeres y hombres de 20 a 64 años de edad, sin obra social.
CONSIDERANDO:
Que se pondrá en marcha por razones de equidad para todos los habitantes del territorio nacional contribuyendo a garantizar el ejercicio del derecho a la salud.
Que es un programa conjunto entre la Nación, las Provincias y las Municipalidades dentro de la estrategia del Plan federal de Salud…que tiene como misión, implementar un innovador modelo de gestión en salud, que fortalezca los sistemas de salud provinciales, para brindar mejores servicios de salud pública en todo el país.
Que contribuye al descenso de la tasa de morbimortalidad infantil…
Que contribuye a la disminución de la tasa de morbimortalidad materna…
Que profundiza el cuidado de la salud de los niños/as en toda la etapa escolar y durante la adolescencia...
Que mejora el cuidado integral de la mujer, promoviendo controles preventivos y buscando reducir las muertes por cáncer cérvico uterino y por cáncer de mama…
Que mejora el cuidado integral del hombre, es que...
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa General Belgrano sanciona con fuerza de ordenanza:

Artículo 1º.- Autorícese al Ejecutivo Municipal a adherir al Programa Sumar Argentina.
Art. 2º.- Desígnese a la Dra. Marina Bergler y a la Licenciada María Ines Ramello como profesionales responsables.
Art. 3º.- Autorícese al Ejecutivo Municipal a mantener la cuenta existente nº 3761-7210011149 destinada en su momento para el Plan Nacer en el Banco Nación argentina sucursal nº 3761 Villa General Belgrano.
Art. 4º.- Elévese copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento.
Art. 5º.- Comuníquese, Publíquese, Dése al registro Municipal y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa General Belgrano a los Diez (10) días del mes de Febrero del Año Dos Mil Dieciséis (2016.-)


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