RESOLUCION 3331/2010
MINISTERIO DE SALUD


 
Plan Director con las Normativas de la Estrategia de Gestión Integrada de Prevención y Control del Dengue en Jujuy.
Del: 25/01/2010

VISTO:
La situación de aumento de casos de Dengue en la Provincia de Jujuy, que su ocurrencia está relacionada con variables climáticas, sociales, económicas y culturales que obligan a la adopción de nuevas estrategias de prevención para lograr un mejor control de esta patología; y
CONSIDERANDO:
Que, la provincia de Jujuy por su ubicación geográfica, transito fronterizo, clima, condiciones socio-económicos, población susceptible y presencia del vector (Aedes aegypti) es vulnerable a la ocurrencia de tal patología;
Que, la ocurrencia de estas enfermedades se superpone en diferentes regiones geográficas del país y de la provincia, con diferentes niveles de riesgo;
Que, el análisis de datos recopilados en forma sistemática, periódica y oportuna, permiten incrementar el conocimiento, favorecer la toma de decisiones e implementar acciones de prevención y control;
Que en dicho contexto resulta necesario determinar un Plan de Director de Lucha contra el Dengue, a los efectos de garantizar que las personas que presenten signos o síntomas compatibles con el diagnostico de Dengue reciban la atención adecuada, los tratamientos recomendados y las acciones de control de foco correspondiente; y que el personal de salud que realiza atención ambulatoria en las áreas de riesgo de Dengue, cuenten con los conocimientos, las prácticas y los insumos necesarios para la atención adecuada de casos sospechosos, la confirmación diagnóstica y la ejecución de las actividades de control recomendadas;
Que, la necesidad de implementar una Estrategia Integrada en la Provincia de Jujuy se debe a la reciente epidemia de Dengue en el país y países vecinos y la complejidad de la situación epidemiológica en la región, aunados a la presencia de macro factores que persisten como condicionan es de la transmisión, tales como: los cambios climáticos, factores socio-ambientales, migraciones, desproporcionada urbanización con el consecuente aumento de criaderos reales y potenciales que favorecen el aumento de la densidad de mosquitos Aedes aegypti, transmisor del virus Dengue.
Que, en los acuerdos MERCOSUR/RMSM-EA Nº 11 Y 12/03, se aprueban las Políticas de Prevención y Control de Dengue en el MERCOSUR;
Que en las Resoluciones de la OPS/OMS CD43.R4 y CD44.R9, se elabora e implementa La Estrategia de Gestión Integrada (EGI-Dengue) la cual ha sido promovida en la Región de las Américas, como un modelo de trabajo diseñado por los países, con la finalidad de detener la tendencia ascendente del Dengue y reducir la morbilidad y la mortalidad generada por brotes y epidemias de Dengue;
Que, el Artículo 2º de los acuerdos MERCOSUR/RMSM-EA Nº 11 Y 12/03, instruyen a la Comisión Intergubernamental de Vigilancia y Control de la Infestación por Aedes aegypti y de la Transmisión del Virus Dengue para los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile a elaborar su Plan de Trabajo para el desarrollo de las acciones de implementación de esta Política.
Por ello y en uso de sus facultades que le son propias;
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1º. Aprobar el Plan Director con las Normativas de la Estrategia de Gestión Integrada de Prevención y Control del Dengue en Jujuy, que figuran como anexo I.
Art. 2º. El Ministro de Salud de la Provincia de Jujuy, o quien éste designe, coordinara las actividades, la implementación y difusión de la Estrategia de Gestión Integrada.
Art. 3º. La Planificación de las actividades Ministeriales será comunicada y coordinada en el marco del comité de Emergencia Ministerial.
Art. 4º. Las actividades interministeriales serán aprobadas y difundidas por el Comité de Emergencia Provincial siendo el interlocutor permanente en el tema de Dengue el Director Pcial. de Programas Sanitarios.
Art. 5º. Aprobar los anexos 2 a 13 que expresan las diferentes actividades operativas.
Art. 6º. Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia a la Secretaría de Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria, Secretaría de Coordinación de Atención de la Salud, Dirección Pcial. de Programas Sanitarios, Dirección Pcial. de Hospitales, Dirección Pcial. de Atención de la Salud y Acción Comunitaria, Dirección Gral. de Maternidad e Infancia, Dirección Gral. De Epidemiología, Dirección Gral. de Monitoreo y Control de Gestión. Cumplido, archívese.
Dr. Víctor Alberto Urbani


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