ORDENANZA 1021/2017
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAVALLE
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Modificación Ordenanza 563/2006 consumo y expendio de bebidas alcohólica en vía publica
Del: 26/09/2017; Boletín Oficial: 13/11/2017
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VISTO:
El Expte. M.L. N° 7449/2017; H.C.D. N° 162/17, caratulado “Dirección de Ambiente” s/revise la modificación en los Art. 5° y 7° de la Ord. N° 563/06, y;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo expresado por la Oficina de Inspección General, para el decomiso de las bebidas alcohólicas por consumir en la vía pública en contravención a la presente Ordenanza es preciso contar con ayuda de la fuerza pública en los casos que sean necesarios;
Que en su Artículo 7°, al momento de nombrar a los locales exceptuados de la prohibición de la venta, no nombra a los bodegones u otros lugares donde expende alcohol en las fiestas departamentales como por ejemplo Asunción, Lagunas del Rosario, San José, El Cavadito, etc., los que deben ser incluidos;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAVALLE
ORDENA:
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Artículo 1°: Modifíquese la Ordenanza N° 563/2006 en los Artículos 5° y 7°, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
“Art. 5°: El consumo en la vía pública de bebidas alcohólicas en infracción a lo establecido por la presente Ordenanza, será sancionado con el decomiso de la totalidad de las bebidas alcohólicas en poder del infractor al momento de constatarse la infracción, el que se realizará con el auxilio de la fuerza pública, en caso de ser necesario.”
“Art. 7°: PROHÍBASE LA VENTA, EXPENDIO, SUMINISTRO O FACILITACIÓN A CUALQUIER TÍTULO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS a partir de las 0:00 (cero) horas y hasta las 8:00 (ocho) horas en todo el territorio del departamento de Lavalle, a excepción de aquellos establecimientos habilitados en las categorías de discoteques o boites, restaurantes, confiterías bailables, pub, bar, bodegones instalados en festividades departamentales, siempre que las bebidas se consuman en el interior de dichos locales o en mesas ubicadas en espacios permitidos.”
Art. 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese y notifíquese al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Lavalle y dese al libro de Resoluciones del Honorable Concejo Deliberante de Lavalle.
Carlos H. Alberti; Ana Ramo
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