ORDENANZA 3587/2016
CONSEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE RIO GRANDE


 
Día Municipal de la RCP.
Del: 27/10/2016

VISTO:
La Carta Orgánica del Municipio de Rio Grande; y
CONSIDERANDO:
Que la Carta Orgánica del Municipio de Rio Grande, reconoce a la salud como derecho fundamental de las personas por lo que promueve, planifica y ejecuta programas de medicina preventiva. Asegura la participación de la comunidad en la selección de prioridades de atención, en la instrumentación y evaluación de programas;
Que la muerte súbita es una de las principales causas de morbimortalidad en todo el mundo;
Que las últimas estadísticas indican que por hora al menos cuatro personas fallecen por muerte súbita en la República Argentina;
Que las maniobras primarias de Reanimación Cardio Pulmonar - R.C.P, determinadas por los cinco eslabones que componen la cadena de supervivencia, aumentan la posibilidad de sobrevida de las personas que sufren estos episodios;
Que estas maniobras de R.C.P llevadas a cabo de forma inmediata y eficaz por cualquier persona que se encuentre en espacios públicos o vía pública, lugares privados o cualquier ámbito, garantiza la circulación de la sangre y la oxigenación de órganos vitales para dar altas probabilidades de recuperación hasta la llegada de la ayuda profesional que se requiere para estos casos;
Que esta acción de exposición y enseñanza de lo inherente a estas maniobras promueva la accesibilidad a toda la población a las técnicas de reanimación cardio pulmonar, además de la concientización sobre la importancia de aprender esta técnica de emergencia;
Que este tipo de enseñanza sea para todo ámbito y marque el inicio de un programa más extenso y profundo hasta lograr lugares asistidos, donde se identifiquen espacios con personas capacitadas y que dispongan de elementos necesario como ser un desfibrilador externo semiautomático - D.E.S.A, para asistir a personas en los primeros minutos de un paro cardiaco.
POR ELLO:
EL CONSEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE RIO GRANDE
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

Artículo 1º) ESTABLÉZCASE en el ámbito de la ciudad de Rio Grande mensualmente el día 23 como DÍA MUNICIPAL DE LA R.C.P” (Reanimación Cardio Pulmonar).
Art. 2º) Se conmemorará con la exposición y enseñanza del conjunto de maniobras de detección, reanimación destinadas a sustituir y tratar de restaurar la respiración y circulación espontanea a personas en los primeros minutos tras un paro cardiaco.
Art. 3º) Deberán realizarse en todos aquellos lugares o edificios dependientes del Municipio, como así también en los espacios de concurrencia masiva que se adhieran a esta Ordenanza.
Art. 4º) La autoridad de aplicación de la enseñanza de la presente norma, será la Dirección de Defensa Civil, dependiente de la Secretaría de Gestión y Participación Ciudadana, coordinando con las instituciones que determine para tal fin.
Art. 5º) El Departamento Ejecutivo será encargado de realizar la correspondiente difusión a través del área correspondiente, a los fines de dar trascendencia a la actividad y también estará facultado para extender a mayor cantidad de días lo indicado en el artículo primero.
Art. 6º) PASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL PARA SU PROMULGACIÓN, NUMERACIÓN Y PUBLICACIÓN. REGISTRESE. CUMPLIDO ARCHÍVESE.
APROBADA EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DE 2016.
Alejandro G. Nogar - Presidente Consejo Deliberante
Walter H. Lonne - Secretario Legislativo Consejo Deliberante


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