LEY 3085
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Creando en el Ministerio de Salud -Subsecretaría de Salud- veinte cargos pertenecientes al escalafón salarial de salud.
Sanción: 13/06/2018; Promulgación: 06/07/2018; Boletín Oficial 13/07/2018.

La Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1°.- Créanse en el Ministerio de Salud - Subsecretaría de Salud- 20 (veinte) cargos pertenecientes al Escalafón Salarial de Salud, según el siguiente detalle:
- 10 (diez) cargos categoría 8, Rama Profesional con dedicación exclusiva.-
- 10 (diez) cargos categoría 12, Rama Enfermería.-
Art. 2°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar las erogaciones en la partida de personal y los recursos en la partida de Superávit de Ejercicios Anteriores, del presupuesto vigente, en los importes necesarios para la aplicación del presente y en consecuencia modifíquense los artículos 1° y 2°de la Ley 3056.-
Art. 3°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a efectuar las readecuaciones necesarias, originadas en la creación de cargos que se establece en el artículo 1°, en el Cuadro 5 de la Ley 3056, Presupuesto General Ejercicio 2018, en el Escalafón Salarial correspondiente a Salud.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los trece días del mes de junio de dos mil dieciocho.
Dr. Mariano Alberto Fernández, Vicegobernador de La Pampa Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
Dr. Juan Manuel Meana, Prosecretario Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.


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