RESOLUCION 1150/2017
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
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Unidad de Salud Ambiental en el ámbito del Ministerio de Salud Pública. Adhiere a resoluciones 134/16 y 1963/16.
Del: 28/12/2017; Boletín Oficial 03/01/2018
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VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Dirección de Infraestructura solicita crear la Unidad de Salud Ambiental en el ámbito del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta y designar a sus referentes, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley nacional nº 24.051 de Residuos Peligrosos a la cual se encuentra adherida nuestra Provincia con Ley nº 7.070 y demás normas complementarias, confieren a este Ministerio una responsabilidad especial en todo lo concerniente a la gestión de residuos biopatogénicos.
Que es necesaria una gestión integral de dichos residuos porque su peligrosidad, infecciosidad, inflamabilidad, corrosividad y toxicidad constituyen un factor de riesgo para la salud de trabajadores, pacientes y acompañantes que los transitan cotidianamente.
Que en la Provincia es posible observar una significativa heterogeneidad en la forma e importancia que los establecimientos de salud dan a la gran mayoría de aspectos de la gestión de los residuos.
Que la eficiencia en la segregación de residuos biopatogénicos tiene todavía un significativo margen para mejorar en muchos establecimientos donde se mezclan con los residuos comunes, y no es rara la disposición inapropiada de residuos médicos, quimioterapéuticos y restos orgánicos.
Que por ello es conveniente contar con una Unidad Central encargada de llevar adelante la rectoría de la gestión integral de residuos de establecimiento de atención de salud, vinculando al sector público y privado del sistema sanitario y articulando sus acciones con otros organismos intra y extra provinciales.
Que en este sentido el Ministerio de Salud de la Nación ha venido trabajando en la prevención de riesgos asociados a los residuos de establecimientos de salud y en la organización de un programa nacional de minimización de dicho riesgo, dictando la Resolución nº 134/16 que aprueba las Directrices Nacionales para la Gestión de Residuos en Establecimientos de Atención de la Salud y la Resolución nº 1.963 E/16 que aprueba el Programa Nacional de Residuos de Riesgo asociados a la Gestión de Residuos de Establecimientos de Atención de la Salud, las cuales constituyen criterios nacionales de referencia en esta temática.
Que el Ministerio de Salud Pública de la Provincia es el ámbito adecuado para la creación de la Unidad de Salud Ambiental.
Que los órganos competentes tomaron la intervención previa que les corresponde.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
RESUELVE:
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Artículo 1º. Crear la Unidad de Salud Ambiental en el ámbito del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta, cuya misión, visión y objetivos se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente.
Art. 2º. Dictar toda norma necesaria para el funcionamiento de la Unidad de Salud Ambiental en la Provincia.
Art. 3º. Adherirse la Provincia de Salta a las Resoluciones nº 134/16 y 1.963 E/16 del Ministerio de Salud de la Nación.
Art. 4. La Unidad de Salud Ambiental estará integrada por los profesionales que seguidamente se consignan en carácter de ad-honorem:
Bioingeniero RAMIRO BARREIRO, D.N.I. nº 24.138.009, Director de Infraestructura.
Técnicos en Higiene y Seguridad MERCEDES CHAVEZ, D.N.I. nº 11.080.900 (Titular) y JAVIER BARRIOS VILLEGAS, D.N.I. nº 29.334.921 (suplente), Supervisor Mantenimiento de la Dirección de Infraestructura.
Doctora MARÍA PAULA HERRERA, D.N.I. nº 27.175.252, Programa Sala de Situación.
Licenciada ANALÍA ENRIQUEZ, D.N.I. nº 16.780.323, Programa de Enfermería.
Doctora ADRIANA JURE, D.N.I. nº 17.343.496, Programa de Inmunizaciones.
Art. 5º. Designar como referentes de la Unidad de Salud Ambiental a la Técnica en Higiene y Seguridad MERCEDES CHAVEZ y al Bioingeniero Ramiro Barreiro, en carácter de ad-honorem.
Art. 6º. Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
ANEXO
Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.
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