DECRETO 857/2018
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Declárese la Emergencia en Seguridad, Salud, Educación y Servicios Públicos.
Del: 01/10/2018; Boletín Oficial 05/10/2018.

VISTO:
El Expediente 2593-GB-2018; y
CONSIDERANDO:
Que durante los días 13, 14 y 15 del mes de octubre del año 2018, se llevará a cabo en la ciudad de Trelew, el XXXIII Encuentro Nacional de Mujeres;
Que dicho evento representa una extraordinaria convergencia de público proveniente de todo el país, estimándose de acuerdo con los precedentes, una asistencia superior a las cincuenta mil (50.000) mujeres;
Que la magnitud del evento exigirá del Estado Provincial y de la ciudad anfitriona, una disponibilidad excepcional de recursos materiales, humanos, logísticos y de servicios públicos, a los fines de garantizar la seguridad de las y los participantes, como así también de toda la comunidad de la ciudad de Trelew,
Que asimismo, la exigencia de disponibilidad antes mencionada se hará extensiva a otras ciudades del Valle Inferior del Rio Chubut, y de la costa de nuestra Provincia donde los contingentes que concurrirán al acontecimiento habrán de hospedarse;
Que dicha situación implicará una circulación constante y masiva de automotores por las rutas provinciales, ampliándose de este modo la cobertura geográfica de la organización de la seguridad y la prestación de servicios públicos;
Que los establecimientos educativos formarán parte de las dependencias de alojamiento dispuestas para el evento, por lo que la cartera educativa requerirá de la designación de personal en horas adicionales y recursos complementarios a los fines del normal mantenimiento de aquellas instituciones, y adecuada predisposición para el normal funcionamiento al siguiente día hábil;
Que con posterioridad a los múltiples talleres simultáneos previstos para cada una de las jornadas por parte de la Comisión Organizadora, se desarrollarán encuentros socioculturales que exigirán la extensión de los operativos de seguridad pública;
Que durante la segunda jornada del Encuentro Nacional se prevé una movilización de sus participantes a lo largo de varios kilómetros de la ciudad, que demandará para la unidad a cargo del operativo prevencional, la adecuación de las arterias urbanas para un seguro desplazamiento de los manifestantes y regulación del tránsito vehicular;
Que de acuerdo a criterios de proporcionalidad de las circunstancias y en el marco de lo prescripto por el Artículo 122° de la Constitución Provincial, lo expuesto conllevará la necesidad de adopción de medidas excepcionales para la organización de la seguridad, la eventual gestión de emergencias sanitarias y prestación servicios públicos;
Que en tal sentido, el Ministerio de Gobierno prevé una redistribución provincial del personal policial y la designación de una unidad específica de conducción del operativo de prevención y seguridad, con atribuciones para la impartición de directrices hacia cada uno de los escenarios permanentes o transitorios donde tengan lugar las actividades programadas para el Encuentro Nacional de Mujeres, como igualmente aquellas vías de circulación o traslado de sus asistentes;
Que los Ministros de Gobierno, Salud, Educación e Infraestructura Planeamiento y Servicios Públicos han coincidido en cuanto a las características excepcionales del evento, solicitando el dictado de un instrumento legal por el cual se les otorguen las herramientas y facultades necesarias para la organización de los recursos de cada una de sus carteras de Estado, para acudir adecuadamente al contexto descripto;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales dependiente de la Secretaria General de Gobierno del Ministerio de Gobierno;
Que ha tomado legal intervención el Sr. Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut decreta:

Artículo 1°.- DECLÁRESE la emergencia en Seguridad, Salud, Educación y Servicios Públicos en todo el territorio de la Provincia del Chubut, por el término de treinta días a partir del día 01 de octubre de 2018.-
Art. 2°.- INSTRÚYASE a los Ministerios de Gobierno, Salud, Educación Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos, a disponer la ejecución de los protocolos de actuación preventiva, de emergencia, y la formulación de los procedimientos interministeriales e interinstitucionales, en conjunto con las autoridades municipales, para la supervisión, comunicación, gestión de riesgos, intervención y asistencia durante el período previsto en el Artículo 1º del presente Decreto, a los fines de garantizar la seguridad en el contexto del XXXIII Encuentro Nacional de Mujeres.
Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno, Coordinación de Gabinete, Educación, Salud e Infraestructura Planeamiento y Servicios Públicos.-
Art. 4°.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial, cumplido ARCHIVESE.-
Esc. Mariano E. Arcioni; Sr. Marcial Paz; Dr. Federico Massoni; Prof. Graciela Cigudosa; Dr. Adrián Gerardo Pizzi; Ing. Atilio Chicala.


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