Visto el expediente 791-D-17-77771, en el cual se solicita la aprobación del ACTA ACUERDO celebrada entre el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, representado por la Sra. Ministra Cdora. NELIDA ELISABETH CRESCITELLI y el HOSPITAL REGIONAL “DIEGO PAROISSIEN”, representado por su Director Dr. JAVIER ALEJANDRO SALINAS DIAZ, a fin de coordinar la Prestación de los Servicios de Atención Médica de Salud Mental Nivel II, a los beneficiarios del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados - INSSJP; y
CONSIDERANDO:
Que esta Acta Acuerdo se firma en el marco del Convenio suscripto entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y el ex Ministerio de Salud, con fecha 19 de mayo de 2006, aprobado por Decreto Nº 1353/06;
Que por medio de dicha Acta, el Hospital “Diego Paroissien” se compromete a brindar los servicios asistenciales de Atención Médica en Salud Mental Nivel II a los beneficiarios del INSSJP y a toda la comunidad que lo necesite;
Que se ha establecido la modalidad de atención para cada uno de los establecimientos asistenciales y se ha fijado la contraprestación correspondiente, a cargo del INSSJP, así como la forma de facturación pertinente;
Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 3 inc. i) de la Ley Nº 8830,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
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