DECRETO 1087/2018
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Acuerdo entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza.
Del: 11/07/2018; Boletín Oficial 12/07/2018

Visto el expediente EX-2018-01035229-GDMZA-SEGE#MSDSYD, en el cual se solicita la aprobación del Acuerdo celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el Sr. Ministro Dr. Jorge Daniel Lemus y el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza, representado por la Sra. ex Ministra Farmacéutica Claudia Inés Najul, para el reforzamiento de las Áreas de Enfermería Neonatal de la Provincia; y
Considerando
Que el Acuerdo tiene por objetivo establecer el marco de la operatoria de asistencia financiera con destino al reforzamiento de las áreas de enfermería neonatal de la Provincia, el cual se llevará a cabo mediante las acciones que la Provincia estime convenientes a tal fin mediante el otorgamiento de becas de formación personal de enfermería a incorporar por parte de la Provincia;
Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 3 inc. i) y 17 de la Ley Nº 8830,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º. Apruébese el Acuerdo celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el Sr. Ministro Dr. Jorge Daniel Lemus y el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza, representado por la Sra. ex Ministra Farmacéutica Claudia Inés Najul, con el objeto de establecer el marco de la operatoria de asistencia financiera con destino al reforzamiento de las áreas de enfermería neonatal de la Provincia, el que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
ALFREDO V. CORNEJO - NELIDA ELISABETH CRESCITELLI

ANEXO
Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.

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