RESOLUCION 2039/2015
MINISTERIO DE SALUD


 
Concurso Integrado de Ingreso al Sistema de Residencias 2015. Modificación resolución 1067/15.
Del: 20/10/2015; Boletín Oficial 29/10/2015

Visto el expediente 3245-D-15-77770, en el cual se solicita rectificar la parte pertinente del Art. 2° de la Resolución N° 1067/15, mediante la cual se transforman las plazas vacantes de residencias y aumentar una (1) plaza en el Servicio de Cardiología del Hospital Español de Mendoza en el marco del llamado a Concurso Integrado de Ingreso al Sistema de Residencias 2015 del Ministerio;
CONSIDERANDO:
Que se trata de un vicio leve susceptible de enmienda en los términos del Art. 77° Inc. c) de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 3909 y modificatorias.
Por ello, en razón de lo informado por la Subdirección de Asuntos Profesionales y Concursos y la conformidad de la Dirección de Recursos Humanos,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1º. Rectificar la parte pertinente del Artículo 2° de la Resolución N° 1067/15, mediante la cual se transforman las plazas vacantes de residencias, en el marco del llamado a Concurso Integrado de Ingreso al Sistema de Residencias 2015 del Ministerio, la que quedará redactada de la siguiente manera:
Donde dice:
“...Una (1) plaza en la Residencia de Cirugía General; Primer Nivel -para Médicos- duración: cuatro (4) años, con sede en el Hospital Luis C. Lagomaggiore, proveniente de una (1) plaza de la Residencia de Medicina de Familia del Hospital Enfermeros Argentinos (General Alvear)...”
Deberá decir:
“...Una (1) plaza en la Residencia de Cirugía General; Primer Nivel -para Médicos- duración: cuatro (4) años, con sede en el Hospital Central proveniente de una (1) plaza de la Residencia de Medicina de Familia del Hospital Enfermeros Argentinos (General Alvear)...”
Art. 2º. Aumentar una (1) plaza en la Residencia de Cardiología del Hospital Español de Mendoza, duración cuatro (4) años, beca privada; a las dos (2) ofrecidas por Resolución Nº 169/15, totalizando tres (3) plazas en esta Residencia y en esta Sede.
Art. 3º. Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.
Dr. Oscar E. Renna


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