VISTO: El Expte. N° 1710-933-S-2018 en el cual obran copias de los Actos Ejecutivos 2°, 3° y 4° emitidos en el marco de la Cláusula 2da. del Acuerdo de Cooperación suscripto en el mes de mayo de 2018 entre el Estado de Santa Catarina - República Federativa de Brasil y la Provincia de Misiones en las áreas de Seguridad, Salud y, Cultura y Educación, y;
CONSIDERANDO:
QUE, por el 2° Acto Ejecutivo referido a la Seguridad Pública, las partes intervinientes buscan la participación -entre otras cuestiones- de profesionales en prevención y atención en temas vinculantes a la seguridad pública, a fin de constituirlos en nexos y colaboradores del accionar del Cuerpo de Bomberos en situaciones de emergencia;
QUE, a través del 3° Acto Ejecutivo los funcionarios intervinientes se comprometen a considerar la salud pública como un bien comunitario, reducir el riesgo de diseminación de enfermedades infecciosas, instrumentar acciones de inmunización, como así también buscar los medios legales para la actuación de profesionales del Estado de Santa Catarina en la Provincia de Misiones y viceversa;
QUE, en el 4° Acto Ejecutivo con el propósito de avanzar hacia un sistema de educación de calidad y eficiencia en el proceso de construcción de una sociedad sin desigualdades, justa para todos, de proponen incorporar los idiomas portugués y español -respectivamente- a la matriz curricular de ambos países;
QUE, es procedente el dictado del presente instrumento legal;
POR ELLO:
EL GBERNADOR DE LA PROVINCIA DE MISIONES
DECRETA:
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