VISTO
EL PROYECTO PROTEGER que fuera implementado por el Ministerio de salud de la Nación; y
CONSIDERANDO
Que el mencionado PROYECTO tiene como objetivo los siguientes puntos: a) Mejorar las condiciones de los Centros Públicos de atención de la salud, con el propósito de brindar servicios de alta calidad en las enfermedades No Transmisibles, y b) proteger a los grupos de Población vulnerable de los factores de riesgos para las enfermedades Crónicas No transmisibles de mayor prevalencia;
Que, asimismo el mencionado Proyecto apoyara las acciones del estado para reorientar el modelo de atención en los centros de atención Primaria de la salud y la mejora de la atención en los Servicios de salud Pública que se encuentren relacionados con las enfermedades crónicas No Transmisibles; como así también estimulara la ejecución de políticas públicas dirigidas a promover estilos de vida saludables; mejorando los entornos urbanos, en especial aquellos que cuenten con mayor índice de vulnerabilidad social beneficiando a la franja poblacional de más bajos recursos por ser las que se encuentran más expuestas a los factores de riesgo de contraer enfermedades no transmisibles; entre las cuales podemos citar: el tabaquismo, enfermedades cardiovasculares, afecciones de las vías respiratorias, diabetes, entre otra;
Que constituye una atribución Municipal, conforme lo establece el art. 172 Inc. 7 de la carta Orgánica Municipal “Asegurar el control, como así también l promoción y protección de la salud de los habitantes, garantizando el goce de las mejores condiciones de prevención, asistencia, recuperación y rehabilitación de la salud física, mental y social en planes coordinados con los organismos provinciales y/o Nacionales competentes”;
Por todo ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO
ORDENA:
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