VISTO: que por las presentes actuaciones la Dirección General de Recursos Humanos en Salud eleva Proyecto de un nuevo Manual de Procedimiento del Departamento de Salud Ocupacional dependiente de esa Dirección General, y
CONSIDERANDO:
Que la citada dependencia informa que si bien actualmente se encuentra vigente el Manual aprobado por Resolución N° 667/SPS de fecha 05/12/2016, resulta necesaria su derogación a fin de evitar confusiones o malas interpretaciones en la práctica;
Que fundamenta la solicitud de implementar un Nuevo Manual de Procedimiento del Departamento de Salud Ocupacional en la necesidad de actualizar y adaptar el procedimiento de justificación de licencias a las situaciones diarias que se suscitan en dicha repartición;
Que a fs. 02/16 se agrega la mencionada propuesta, respecto de la cual no se formulan observaciones legales para su aprobación;
Que a fs. 17/32 obra copia de la Resolución N° 667/SPS-2016;
Que en cuanto al encuadre legal del pedido formulado, debemos destacar que de conformidad a lo normado por el artículo 9.4 de la Ley N° 5.652 es atribución del Presidente del Sistema Provincial de Salud dictar las normas internas de funcionamiento del Sistema,
Que por los motivos expuestos, la Dirección de Dictámenes no formula objeciones legales al presente trámite.
Por ello, conforme lo normado por Ley N° 5652, y atento al dictamen jurídico obrante en autos,
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE
DEL SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD
RESUELVE:
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