VISTO: Las actuaciones obrantes en el Expediente N° 0425-286860/2014, del Registro del Ministerio de Salud.
Y CONSIDERANDO:
Que en las mencionadas actuaciones se gestiona la aprobación de los modelos de Convenios de Beca para Profesionales Residentes, Instructores Docentes, Ex Residentes radicados y Jefes de Residentes, en el marco de los Programas de Capacitación del Ministerio de Salud; así como la derogación de aquellos aprobados por Decreto N° 237/07.
Que el Sr. Director General de Capacitación y Formación en Salud del citado Ministerio, insta el trámite de autos, acompañando los modelos de convenios propuestos para Residentes, Jefes de Residentes, Instructores Docentes y Ex Residentes Radicados; como así también copia fiel de los Instrumentos Legales aprobatorios de anteriores modelos de convenios utilizados.
Que el funcionario referido de la Cartera actuante señala que, en aras a la formación de profesionales calificados y una mejor utilización de los recursos docentes y administrativos, se propone implementar la figura del Jefe de Residentes, explicitando los requisitos y funciones de tales profesionales y el monto estimado de la beca que percibirán.
Que el Área Dictámenes y Estudios Legislativos de la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Salud se expide pronunciándose de manera favorable; como así también obra Visto Bueno del Señor Ministro de Salud a la gestión procurada en autos.
Que asimismo corresponde dejar sin efecto en forma expresa y específica el Decreto N° 237/07.
Por ello, las actuaciones cumplidas, normativa citada, las prescripciones de los Artículos 59 y 144, inciso. 1° de la Constitución Provincial, lo dictaminado la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Salud y por Fiscalía de Estado bajo Nros. 999/14 y 000322/15, respectivamente, y en uso de las atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
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