RESOLUCION 231/2015
MINISTERIO DE SALUD


 
Red Córdoba Investiga en Salud (Red CorlnSa).
Del: 17/04/2015; Boletín Oficial 07/05/2015

VISTO: Las actuaciones obrantes en Nota Nro. MS01-645833025-814, relacionadas con la solicitud efectuada por la Sra. Secretaria de Prevención y Promoción de la Salud para la creación de la Red Córdoba Investiga en Salud (Red CorlnSa).
Y CONSIDERANDO:
Que esta Cartera Ministerial, de acuerdo a la normativa vigente (Ley Nro. 9694 y Resoluciones Ministeriales Nros. 413/11 y 354/14), tiene como propósito promover su rectoría y gobernanza para el desarrollo de sistemas y áreas técnicas dirigidas hacia la investigación en y para la salud, que permitan orientar sus políticas.
Que resulta de vital importancia definir áreas prioritarias de investigación en salud y promover la realización de investigaciones sobre los problemas en salud pertinentes y relevantes en la provincia de Córdoba.
Que es necesario promover la construcción de alianzas estratégicas con actores claves del ámbito académico y de la salud pública y privada de la Provincia.
Que, asimismo, resulta menester conformar una red de cooperación y asociación de referentes de áreas de investigación Inter e intra ministerial, intersectorial públicos y privados, nacionales, municipales, académicos y multidisciplinario para consolidar un sistema provincial de investigación en salud.
Que para que la gobernanza de políticas en investigación sea efectiva, deberá garantizarse el apoyo financiero sistemático y reglamentar un sistema de becas-subsidios para investigaciones en salud.
Por ello, en uso sus atribuciones, y lo informado por la Secretaría de Prevención y Promoción de la Salud,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1°- CRÉASE a partir de la fecha del presente Instrumento Legal, la “Red Córdoba Investiga en Salud (Red CorlnSa)”, cuyas facultades, propósito, funciones y miembros integrantes se nominan en Anexo I, el que compuesto de dos (2) fojas, forma parte integrante del presente Instrumento Leal.
Art. 2°- FACÚLTASE a la Sra. Secretaria de Prevención y Promoción de la Salud, a instrumentar las acciones necesarias, según los antecedentes normativos existentes, para avanzar en un programa provincial de estímulos (becas/subsidios) para la investigación en salud.
Art. 3°- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. FRANCISCO JOSE FORTUNA - MINISTRO DE SALUD

ANEXO



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