VISTO:
La Resolución N° 600/SS/2006, la Resolución N° 1053/MSGC/2017 y el Expediente N° 2018-26.785.780-MGEYA-DGCTFS, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución N° 600/SS/2006 de la entones Secretaria de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprueba las Bases Generales del Premio a la Gestión de Calidad en Salud y establece que el mismo es una actividad del Programa de Gestión de Calidad (creado por Resolución N° 818/SS/2004);
Que por Resolución N° 1053/MSGC/2017, de este Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se deroga la Resolución N° 818/SS/2004 y, considera la necesidad de modificar la Resolución N° 600/SS/2006 para adecuarla al marco regulatorio del Programa de Desarrollo del Sistema de Gestión de Calidad;
Que en esa inteligencia el Acto Administrativo mencionado precedentemente aprobó el Programa de Desarrollo del Sistema de Gestión de Calidad de este Ministerio de Salud;
Qué asimismo, establece como propósito del Programa la necesidad de desarrollar el Sistema de Gestión de Calidad (SGC) para acompañar a través de la gestión de calidad, el proceso de fortalecimiento del sistema público de salud en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la mejora de servicios accesibles, equitativos, con sistemas de información abiertos, con participación activa de las personas y servicios involucrados, estableciendo una red integrada de salud; orientado a mejorar la capacidad de gestión de las organizaciones y de los procesos de servicio a los efectos de satisfacer las necesidades y expectativas de sus usuarios, la comunidad y de otras partes interesadas en materia de salud;
Que, en otro orden de ideas la Resolución N° 1053/MSGC/2017 designa a la Bioquímica Mariana Calenda, D.N.I. N° 29.248.538, como Coordinadora General del Programa de Desarrollo del Sistema de Gestión Calidad de este Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que este Ministerio de Salud tiene como uno de sus ejes la política de gestión de calidad como una herramienta destinada a la mayor satisfacción del usuario y del personal integrante del equipo de salud;
Que, en tal sentido, el Premio a la Gestión de Calidad en Salud es un instrumento válido para implementar criterios de calidad en la gestión cotidiana con impacto positivo en la satisfacción del usuario y por ello procede dar continuidad institucional a esta experiencia y actualizar aquellos puntos del modelo que contribuyan al objetivo de mejora continua;
Que el Plan de Salud de la Ciudad de Buenos Aires 2016 2019, contempla dentro de su visión la necesidad de construir una red integrada de salud basada en las necesidades de la población, con un claro enfoque en atención primaria de la salud;
Que, frente a las nuevas demandas y contexto, se propone plantear un sistema de calidad enfocado al fortalecimiento de la estandarización de procesos, la planificación de acciones conjuntas en pos de aunar esfuerzos y optimizar recursos, continuar y profundizar la capacitación para fomentar las iniciativas de equipos de mejora y ampliar el alcance al incorporar a todos los efectores públicos de salud y a otras áreas de este Ministerio Salud;
Que la experiencia transitada demostró, con hechos, haber sido exitosa y es necesario consolidar esos cambios;
Que, en este contexto, es necesario unificar el marco regulatorio del Programa de Desarrollo del Sistema de Gestión de Calidad;
Que la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud, ha procedido a realizar la reingeniería del programa conforme a lo antes dicho.
Por ello, y en uso de las facultades atribuidas por Ley N° 5.460 (Texto consolidado por Ley N° 5.666),
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE
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