VISTO:
La Ordenanza Nº 40406 (texto consolidado por Ley N° 5454), el Decreto 505/2011, la Resolución N° 2137/MSGC/2017 y Resolución 2677/MSGC/2017, y el Expediente Electrónico Nº 30432947/MGEYADGDIYDP/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resoluciones Nº 2630/MSGC/2017 y 2677/MSGC/2017 fueron designados diferentes Becarios de Capacitación y salud pública; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ordenanza Nº 40.406 las becas de capacitación y becas de Salud Pública tendrán una duración de un (1) año pudiendo ser reelegidas por un año más como máximo;
Que evaluado el informe presentado por los becarios mencionados en el Anexo I (IF-30453799-DGDIYDP-2018), la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional propicia la prórroga por un (1) año de la beca adjudicada;
Que el gasto que demanda la prórroga de las becas de Salud Pública se encuentra contemplado en el presupuesto del Ministerio de Salud; Que por Decreto Nº 505/2011 se faculta a la Señora Ministra de Salud a otorgar y convalidar becas en el marco de la Ordenanza N° 40406.
Por ello, y uso de las facultades delegadas por el Decreto N° 505/2011,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE
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