ORDENANZA 1750/2018
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS


 
Registro de donantes de sangre del departamento de San Carlos.
Sanción: 25/10/2018; Promulgación: 31/10/2018; Boletín Oficial: 28/11/2018

VISTO:
La Nota N° 880/18 donde se expresa la necesidad de que el Departamento de San Carlos cuente con un “Registro de Donantes de Sangre” (REDOSA); y
CONSIDERANDO:
Que es necesario que nuestro departamento posea un banco de datos de dadores voluntarios de sangre con el fin de que todos los habitantes de San Carlos, ante cualquier eventualidad y en caso de requerir donación de sangre, puedan contar con información precisa de donantes voluntarios de acuerdo a los grupos sanguíneos;
Que, mediante un registro de donantes voluntarios de sangre, se facilitará la búsqueda de dadores de los diferentes tipos de sangre;
Que la realidad muestra que existen numerosos casos de personas que, por poseer un grupo sanguíneo poco común, muchas veces se encuentran en la dificultad de hallar donadores;
Que la donación de sangre es un acto de solidaridad y disposición voluntaria mediante el cual una persona acepta su extracción para fines exclusivamente terapéuticos, no estando sujeto a remuneración o comercialización posterior, ni cobro alguno. Aquellos que cedieran su sangre deben hacerlo conforme las previsiones de la normativa vigente;
Que la presente ordenanza tiene por objeto regular la constitución de un registro de donantes voluntarios de sangre para el Departamento de San Carlos, el cual contará con información detallada de todas aquellas personas que expresen su voluntad de donar sangre;
Que todo lo referente a la extracción y almacenamiento de sangre humana, sólo podrá efectuarse de acuerdo con la reglamentación existente;
Que este registro es confidencial y será elaborado por el “Hospital Dr. Victorino Tagarelli” y gestionado a través del mismo personal que trabaja en dicha institución, no siendo necesario incurrir en ningún tipo de erogación para el erario público;
Que este proyecto es el resultado de un trabajo en conjunto que tuvo lugar entre, los autores del Proyecto, autoridades del “Hospital Dr. Victorino Tagarelli” y el Área de Desarrollo Humano y Salud del Municipio;
Que es nuestro deber como concejales del Departamento de San Carlos proponer posibles soluciones que legislen sobre el bienestar de nuestros vecinos;
ATENTO A ELLO:
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS
ORDENA:

Artículo 1°- Créase el Registro de Donantes de Sangre (REDOSA) del Departamento de San Carlos.
Art. 2°- Autorizar al Departamento Ejecutivo a celebrar un convenio con el “Hospital Dr. Victorino Tagarelli”, a efectos de que el Registro de Donantes de Sangre sea constituido y gestionado a través de esta última Institución.
Art. 3°- Se instrumentará un formulario donde cada habitante del departamento, podrá expresar fehacientemente su voluntad de ser donante de sangre. Para ello se efectuará el correspondiente testeo de grupo sanguíneo, previa acreditación de datos personales. Asimismo, el Departamento Ejecutivo realizará procedimiento para hacer llegar el formulario a todo el personal de instituciones públicas de San Carlos, a efectos de impulsar la iniciativa de la donación de sangre.
Art. 4°- El registro de donantes se encontrará en el sistema informático, deberá estar constantemente actualizado y con acceso limitado de acuerdo a la administración que disponga para tal efecto el “Hospital Dr. Victorino Tagarelli”.
Art. 5°- Solicitar al Ejecutivo Municipal que a través de las áreas que así corresponda efectúe una amplia difusión y concientización de la presente Ordenanza a efectos de impulsar la iniciativa de donación de sangre.
Art. 6º- Comuníquese, publíquese y dese al Libro de Ordenanzas.
Alvarez Graciela; Gorrindo Lucas


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