Decreto 1247/1998
PODER EJECUTIVO NACIONAL (PEN)


 
Salud pública -- Proyecto de Reforma del Sector Salud (PRESSAL) -- Autoridad de aplicación -- Modificación del dec. 1056/95.
Fecha de Emisión: 22/10/1998; Publicado en: Boletín Oficial: 28/10/1998


Artículo 1º - - Sustitúyese el artículo 6º del Decreto Nº 1056 del 29 de diciembre de 1995 por el que a continuación se transcribe: "ARTICULO 6º - La Supervisión y Dirección del Proyecto estarán a cargo del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, a través de la SUBSECRETARIA DE ATENCION MEDICA (dependiente de la SECRETARIA DE PROGRAMAS DE SALUD), de quien dependerá la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (UEC). El Subsecretario de Atención Médica desempeñará las funciones de Director Nacional del Proyecto.
Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- MENEM. - Jorge A. Rodríguez. - Alberto Mazza.


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