ORDENANZA 9838/2019
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PARANA


 
Prohibición de instalación de cajeros automáticos en puertas de ingreso de los establecimientos habilitados para desarrollar cualquier juego de azar
Sanción: 13/06/2019; Promulgación: 19/07/2019; Boletín Oficial: 30/07/2019

El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Paraná, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A:

Artículo. 1°: Dispóngase que los establecimientos o locales comerciales de la ciudad de Paraná donde se desarrolle cualquier juego de azar, destreza o apuesta a cambio de un premio, bajo cualquier denominación: casino, bingo, tragamonedas, hipódromos, agencia de quiniela, agencia de lotería, o similares, deberán exhibir en sus accesos y en su interior carteles con la siguiente leyenda: “Jugar Puede Generar Adicción”.
Art. 2°: Establézcase que la ubicación y características de los carteles será determinada por la autoridad de aplicación de la presente Ordenanza.
Art. 3°: Los establecimientos habilitados para desarrollar cualquier juego de azar, destreza o apuesta a cambio de un premio, bajo cualquier denominación: casino, bingo, tragamonedas, hipódromos, agencia de quiniela, agencia de lotería, o similares, no podrán instalar cajeros automáticos en las puertas de ingreso y egreso.
Art. 4°: Será autoridad de aplicación de la presente Ordenanza la Dirección General de Habilitaciones, Concesiones y Uso del Espacio Público de la Municipalidad de Paraná.
Art. 5°: Comuníquese
Josefina B. Etienot; Rodrigo S. Devinar;


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