DECRETO 11/2018
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Programa Federal de Salud INCLUIR SALUD. Complementa resoluciones 5392/10 y 881/12.
Del: 18/01/2018; Boletín Oficial: 25/09/2018

VISTO
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la autorización para que el MINISTERIO DE SALUD, tramite, evalúe y otorgue Subsidios a personas de escasos recursos durante el Ejercicio 2018, incluyendo a los beneficiarios del Programa Federal de Salud “INCLUIR SALUD” (ex profe); y
CONSIDERANDO:
Que los referidos subsidios están destinados a todos los pacientes que concurren a los Hospitales y Centros de Salud dependientes de este Ministerio de Salud para la atención de problemas de salud, en el marco de la Ley de Ministerios Nº 9.958 y modificatorias;
Que la tramitación de las solicitudes de Subsidios deberá realizarse conforme los requisitos establecidos por Resolución Nº 881/12 M.S., y se aprobarán mediante el dictado de Resoluciones del área, con intervención previa de la Contaduría General de la Provincia;
Que la presente gestión se fundamenta en el cumplimiento de una de las funciones esenciales del Estado Provincial de garantizar la presentación de los servicios de salud, dando respuesta a las demandas originadas en trámites iniciados desde todos los Hospitales y Centros de Salud dependientes de esta jurisdicción, por problemas de salud que requieren solución inmediata, en pos de mejorar la calidad de vida de los pacientes hospitalarios, que por la escasez de recursos concurren a los efectores públicos para ser atendidos;
Que asimismo corresponde facultar al MINISTERIO DE SALUD, a dictar Resoluciones que autoricen a transferir fondos a los Hospitales de mayor complejidad Niveles VI y VIII, en carácter de partida extraordinaria, necesarios para la adquisición de los elementos específicos para la atención de pacientes con casos excepcionales y de extrema urgencia, conforme solicitud fundada del Director del Hospital, autorizando la inversión de los fondos con ajuste a las normas vigentes y su posterior rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Que esta autorización se fundamenta en que los Hospitales de Referencia son los que reciben las derivaciones de pacientes con patologías de urgencias y mayor complejidad desde el resto de los nosocomios, y casos de emergencia, que en la mayoría deben resolverse en forma inmediata;
Que a tal efecto deberá facultarse a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del MINISTERIO de SALUD a emitir las Órdenes de Pago y Solicitudes de Fondos ante TESORERIA GENERAL DE LA PROVINCIA, y confeccionar las Órdenes de Pago Internas correspondientes;
Que deberá dejarse establecido que la CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, intervendrá en las Ordenes Internas de Pago, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Nº 25/17 C.G. vigente;
Que corresponde facultar al MINISTERIO DE SALUD para que, mediante el dictado de Resoluciones del área, realice las modificaciones que estime adecuadas para la tramitación de los Subsidios, previa intervención de las áreas técnicas y las adecuaciones presupuestarias que sean necesarias;
Qué asimismo, corresponde facultar al MINISTERIO DE SALUD a delegar, mediante Resolución fundada, las atribuciones conferidas en el presente a la SECRETARIA DE SALUD y/o a la COORDINACIÓN GENERAL del MINISTERIO DE SALUD, en caso de licencia, enfermedad o ausencia;
Que la COORDINACIÓN GENERAL y DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, se han expedido al respecto;
Que cada expediente individual de Subsidio llevará adjunto el Volante de Reserva Contable, el cual será intervenido por la CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA y posteriormente se solicitarán los fondos ante la TESORERIA GENERAL DE LA PROVINCIA mediante de Solicitud de Fondos;
Que el Delegado Contable de la CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, ha tomado la intervención pertinente;
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN dependiente del MINISTERIO DE SALUD, ha practicado la reserva preventiva de fondos y la imputación correspondiente;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º. Autorízase al MINISTERIO DE SALUD a tramitar, evaluar y otorgar Subsidios a personas de escasos recursos durante el Ejercicio 2018, incluyendo a los beneficiarios del Programa Federal de Salud “INCLUIR SALUD” (ex profe), que concurran a Hospitales y Centros de Salud dependiente del citado MINISTERIO para la atención de problemas de salud.
Art. 2º. Déjase establecido que la tramitación de los Subsidios deberá realizarse conforme los requisitos establecidos por Resolución Nº 5392/10 M.S y Resolución Nº 881/12 M.S., y se aprobarán mediante el dictado de Resoluciones del área, con intervención previa de la Contaduría General d la Provincia, en mérito a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 3º. Facúltase al MINISTERIO DE SALUD, a dictar Resoluciones que autorice a transferir fondos a los Hospitales de mayor complejidad Niveles VI y VIII, en carácter de partida extraordinaria, necesarios para la adquisición de los elementos específicos para la atención de pacientes con casos excepcionales y de extrema urgencia, conforme solicitud fundada del Director del Hospital autorizando la inversión de los fondos con ajuste a las normas vigentes y su posterior rendición ante el TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA.
Art. 4º. Impútase el gasto a las siguientes cuentas del Presupuesto 2018:
DA -960 - C 1 - J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG 01 - SPG 00- PY 00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU 14 - FF 11- SF 0001 - I 5 - PR 1 - PA 4 - SP 0000 - DTO 84 - UG 07.-
DA - 960 - C 1 - J 45- SJ 00 - ENT 0000- PG 01 - SPG 00 - PY 00- AC 01- OB 00- FI 3 - FU 14 - FF 14 - SF 0582 - I 5- PR 1- PA 4- SP 0000 - DTO 84 - UG 07.-
DA - 960 - C 1 - J 45- SJ 00 - ENT 0000- PG 18 - SPG 00 - PY 00- AC 01- OB 00- FI 3 - FU 12 - FF 14 - SF 0590 - I 5- PR 1- PA 4- SP 0000 - DTO 84 - UG 07.-
DA - 960 - C 1 - J 45- SJ 00 - ENT 0000- PG 18 - SPG 00 - PY 00- AC 01- OB 00- FI 3 - FU 12 - FF 14 - SF 0590 - I 5- PR 2- PA 1- SP 0000 - DTO 84 - UG 07.-
Art. 5º. Facúltase a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del MINISTERIO de SALUD a emitir las Ordenes de Pago y Solicitudes de Fondos ante la TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, y confeccionar las Ordenes Pago Internas correspondientes.
Art. 6º. Déjase establecido que la CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, intervendrá en las Ordenes Internas de Pago, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Nº 24/17 C.G. vigente.
Art. 7º. Autorízase al MINISTERIO DE SALUD a que, mediante el dictado de Resolución del área, realice las modificaciones que estime adecuadas para la tramitación de los Subsidios, previa intervención de las áreas técnicas, y las adecuaciones presupuestarias que sean necesarias.
Art. 8º. Facúltase al MINISTERIO DE SALUD a delegar, mediante Resolución fundada las atribuciones conferidas en el presente Decreto a la SECRETARIA DE SALUD y/o a la COORDINACIÓN GENERAL del MINISTERIO DE SALUD, en caso de licencia, enfermedad o ausencia.
Art. 9º. El presente Decreto será refrendado por la Sra. MINISTRA SECRETARIA DE ESTADO DE SALUD.
Art. 10º. Comuníquese, publíquese y archívese.
Bordet - Velázquez

ANEXO
Pediatría - Gualeguaychú Res. 1140/2012
Pediatría - Gualeguay Res. 1715/2004
Cirugía General - Concepción del Uruguay Res. 687/2016
Cirugía Infantil - Paraná Res. 2603/2016
Tocoginecología - Gualeguaychú Res. 1140/2012
Medicina General - La Paz Res. 729/1999
Medicina General - General Ramírez Res. 3233/2016
Cirugía General - Concordia Res. 273/2017
Salud Mental - Paraná Res. 274/2017
Emergentología - Paraná Res. 272/2017
Clínica Médica - Paraná Res. 225/1995
Clínica Médica - Concepción del Uruguay Res. 2649/2012
Clínica Médica - Concordia Res. 1072/2016
Traumatología - Paraná Res. 1679/2004
Traumatología - Concordia Res. 4208/2016
Neonatología - Paraná Res. 1721/2014
Neonatología - Concepción del Uruguay Res. 2540/2013
Neonatología - Concordia Res. 2540/2013
UTI Pediatría - Paraná Res. 2681/2013
UTI Adultos - Concepción del Uruguay Res. 1381/2016
Neurología - Paraná Res. 546/2014
Nefrología Adultos - Concepción del Uruguay Res. 4744/2014
Nefrología Adultos - Concordia Res. 3498/2016
Nefrología Infantil - Paraná Res. 2595/2015
Cardiología - Paraná Res. 3448/2016
ORL - Paraná Res. 2596/2015
Salud Mental - Concordia Res. 338/2017
Salud Mental - Gualeguaychú Res. 338/2017

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