VISTO
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la aprobación del Convenio Específico celebrado entre el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC) y la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS representada por la MINISTRA DE SALUD de la Provincia; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo fue suscripto por la Dra. Julia C. ISMAEL, en calidad de Directora del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER y por la Lic. Mg. Sonia VELAZQUEZ, en su carácter de MINISTRA DE SALUD;
Que el mismo tiene como objeto reducir la incidencia y mortalidad del cáncer colorrectal, adhiriéndose la PROVINCIA al PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN Y DETECCIÓN TEMPRANA DEL CÁNCER COLORRECTAL (PNCCR) perteneciente al ex MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, en conformidad con los Compromisos de Gestión, que como anexo forman parte integrante del presente Convenio;
Que el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC) proveerá al MINISTERIO DE SALUD de la Provincia, test de sangre oculta en materia fecal inmunoquimico en cantidades previstas por el PNCCR, capacitar a los equipos de salud del Ministerio involucrados en el desarrollo del proyecto en lo referente a la realización del test de sangre, otorgará becas de formación para la capacitación en servicios de hospitales de excelencia del personal a cargo de la realización de las colonoscopias y brindará asistencia continua a los efectores involucrados en la implementación del PNCCR;
Que el MINISTERIO DE SALUD de Entre Ríos designará mediante acto administrativo a un responsable ante el INC como referente provincial para las gestiones de políticas públicas de salud, conformará a nivel provincial la red de detección, diagnóstico, tratamiento y seguimiento del cáncer colorrectal, garantizará el registro de todas las prácticas de tamizaje, y tratamiento realizadas en el marco del PNCCR en el SISTEMA DE INFORMACIÓN DE TAMIZAJE, implementará estrategias en el primer Nivel de Atención para la búsqueda activa y realización del test de sangre, desarrollará en los Hospitales de Referencia la “Conserjería de Evaluación de Antecedentes y Riesgo”, garantizará la realización de los estudios endoscópicos necesarios en los Hospitales, conformará una Unidad de “Asesoramiento Genético Oncológico”;
Que el presente Convenio tiene una duración de (2) DOS años y será renovado automáticamente por periodos iguales, a partir de la firma del mismo;
Que el Compromiso de Gestión por las partes, en el marco del presente convenio, será suscripto una vez aprobado el mismo;
Que la COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado intervención de competencia;
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha dictaminado al respecto;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
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