VISTO
El Decreto Nº 768 SES de fecha 14 de marzo de 2003; y
CONSIDERANDO:
Que en el Artículo 1º del Decreto Nº 768/03 SES, se deja sin efecto el CUARTO (4º) Año del Sistema Provincial de Residencias de Salud con la modalidad establecida por el Decreto Nº 5946/00 MSAS., en su Artículo 4º inciso g), 5946/00 MSAS., en sus Artículos 4º inciso g), 5º y 6º, y Anexo I - Punto 1.9 11 en cuanto al CUARTO (4º) Año se refiere;
Que la Coordinadora de Residencias Médicas del MINISTERIO DE SALUD, solicita la revocatoria del mencionado Decreto;
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del citado MINISTERIO, ha tomado la intervención que les compete, considerando que el interés público, se encuentra gravemente afectado al encontrarse vigente el Decreto Nº 768/03 SES., ya que en principio estaríamos ante la aplicación de una norma de inferior jerarquía en detrimento de una superior;
Que a su vez el Decreto Nº 768/03 SES., coarta la posibilidad tanto del residente de aplicar sus conocimientos como la administración de ejercer la facultad de requerir a aunque sea por período acotado de los servicios para los cuales formó al aludido profesional;
Que en virtud a lo antes expuestos, es procedente revocar el Decreto Nº 768/03 SES.;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
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