DECRETO 353/2019
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DEL CHACO


 
Acuerdo de cooperación entre la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional de Nordeste y el Ministerio de Salud Pública.
Del: 06/02/2019

VISTO:
La actuación simple Nº E 6-2015-36806/A; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma, se solicita la ratificación del Acuerdo de Cooperación entre la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional del Nordeste y el Ministerio de salud Pública de la Provincia del Chaco, suscripto por la Rectora Prof. María Adelina Guiglioni y por el señor Ministro de Salud Pública de la Provincia, Dr. Luis Rodolfo Carlos Zapico, el 10 de diciembre de 2018;
Que las partes se reservan el derecho de gestionar la participación de Organismos Nacionales o Internacionales para la aplicación y enriquecimiento del presente Acuerdo;
Que en tal virtud, se comprometen a llevar a cabo por el termino de cuatro (4) años la realización del presente Acuerdo, el cual se considerará prorrogado por igual periodo siempre y cuando las partes no manifiesten voluntad contraria, debiendo comunicar su decisión por escrito y con una anticipación no menor de sesenta (60) días;
Que asumirá la responsabilidad de control y fiscalización de los recursos humanos materiales afectados al cumplimiento de los propósitos y disposiciones establecidos en el presente;
Que este Acuerdo de Cooperación podrá ampliarse y/o modificarse con adecuada fundamentación y conformidad a las partes;
Que asimismo corresponde ratificar el Convenio oportunamente suscripto;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:

Artículo 1º: Ratificase en todas sus partes, el Acuerdo de Cooperación entre la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional de Nordeste y el Ministerio de Salud Pública de la Provincia del Chaco, suscripto por la Rectora, Prof. María Adelina Guiglioni y por el señor Ministro de Salud Pública de la Provincia, Dr. Luis Rodolfo Carlos Zapico, cuya fotocopia certificada forma parte integrante del presente instrumento legal, de conformidad con lo expuesto en el presente instrumento legal.
Art. 2º: Comuníquese, desé al Registro Provincial, publíquese en forma sintetizada en el Boletín Oficial y archívese.
Ing. Oscar Domingo Peppo

ANEXO
Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.

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