DECRETO 33/2018
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Convenio Marco para implementar un sistema de pasantías.
Del: 15/01/2018; Boletín Oficial 08/05/2019

Visto el expediente 5258-D-2017-77770, en el cual se solicita la aprobación del Convenio Marco, suscripto oportunamente entre el MINISTERIO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES, representado en ese acto por su titular, Cdora. Nélida Elisabeth Crescitelli, por una parte y el “INSTITUTO DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y CAPACITACIÓN LABORAL DE LA SANIDAD”, representado por su Presidente Dn. Luis Alberto Jezowoicz, por la otra, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 35 obra fotocopia autenticada de autorización expresa del Titular del Ejecutivo Provincial, en el marco de lo normado por el Art. 8º del Decreto-Acuerdo Nº 1928/16, en concordancia con lo establecido en el Art. 7º del Decreto Nº 2544/17.
Que el referido Convenio tiene por objeto implementar un sistema de pasantías en el ámbito del citado Ministerio, cuya actividad tendrá por objetivo la realización, por parte de alumnos del Instituto de Docencia, Investigación y Capacitación Laboral de la Sanidad, de prácticas complementarias a su formación académica, que enriquezcan la propuesta curricular de los estudios que cursan.
Por ello, habiéndose diligenciado el pertinente volante de imputación preventiva, atento a lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y de acuerdo a lo normado en el Art. 3º inc. i) de la Ley Nº 8830,
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º- Apruébese el Convenio Marco, suscripto oportunamente entre el MINISTERIO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES, representado en ese acto por su titular, Cdora. Nélida Elisabeth Crescitelli, por una parte y el “INSTITUTO DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y CAPACITACIÓN LABORAL DE LA SANIDAD”, representado por su Presidente Dn. Luis Alberto Jezowoicz, por la otra, el que en fotocopia autenticada, como Anexo, forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente decreto, será atendido con cargo a la siguiente partida del Presupuesto vigente año 2018:
U.G. CRÉDITO: S99095 41302 000
U.G. GASTO: S96409
Art. 3º- Autorícese a los Servicios Administrativos que correspondan a imputar, liquidar y abonar, en ejercicios futuros, los montos correspondientes, mientras se encuentre vigente el Convenio aprobado mediante el Art. 1º del presente decreto.
Art. 4º- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
LIC. ALFREDO CORNEJO - CDORA. NELIDA ELISABETH CRESCITELLI

Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.

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