DECRETO 2070/2019
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)
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Convenio de cooperación con la Municipalidad de Tupungato.
Del: 10/09/2019; Boletín Oficial: 01/11/2019
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Visto el expediente EX-2019-04685993--GDEMZA-DESPACHO#MSDSYD, en el cual se solicita aprobar el CONVENIO DE COOPERACIÓN, celebrado entre el MINISTERIO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES, representado por su Sra. Ministra Cdora. Elisabeth Crescitelli y la MUNICIPALIDAD DE TUPUNGATO, representada por su Intendente Sr. Gustavo Soto, con el fin de establecer el marco de trabajo coordinado destinado a obtener una adecuada y eficiente prestación del servicio de salud, en la órbita del Departamento de Tupungato; y
CONSIDERANDO:
Que ambas partes convienen en coordinar las acciones de salud y de prestación de los distintos servicios según políticas impartidas desde el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, prestando total colaboración para la ejecución del mencionado Convenio, con el fin de proveer a los habitantes del Departamento de Tupungato un mejor y más eficiente servicio de salud pública;
Por ello, en razón del pedido formulado y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. 3 inc. i) y 17 de la Ley Nº 8830,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
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Artículo 1º- Apruébese el CONVENIO DE COOPERACIÓN, celebrado entre el MINISTERIO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES, representado por su Sra. Ministra Cdora. Elisabeth Crescitelli y la MUNICIPALIDAD DE TUPUNGATO, representada por su Intendente Sr. Gustavo Soto, con el fin de establecer el marco de trabajo coordinado destinado a obtener una adecuada y eficiente prestación del servicio de salud en la órbita del Departamento de Tupungato, el que como Anexo forma parte del presente decreto.
Art. 2º- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Salud, Desarrollo Social y Deportes y el Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia.
Art. 3º- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial, y archívese.
Alfredo V. Cornejo; Nélida Elisabeth Crescitelli; Miguel Lisandro Nieri
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