RESOLUCION 2619/2019
MINISTERIO DE SALUD


 
Becas de Investigación. Complementa ordenanza 40.406.
Del: 16/10/2019; Boletín Oficial 29/10/2019

VISTO: La Ordenanza Nº 40.406 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto Nº 505/11, la Resolución 726/MSGC/19, la Resolución N° 1742/MSGC/19, y el Expediente Electrónico Nº EX-2019-21583261-GCABA-DGDIYDP, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 40.406 (texto consolidado por Ley N° 5.666) aprueba el régimen para el otorgamiento de becas a profesionales de la medicina y ciencias afines, a llevarse a cabo en organismos dependientes del Ministerio de Salud;
Que el artículo 3 del Anexo de la citada Ordenanza establece que la entonces Secretaría de Salud, hoy Ministerio de Salud, llamará anualmente a concurso para otorgar becas fijando el cupo y las áreas que juzgue necesarias;
Que por Resolución N° 1742/MSGC/19 se llamó a concurso para profesionales a fin de cubrir ocho (8) becas de Investigación, a desarrollarse en reparticiones u organismos dependientes de este Ministerio de Salud, de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Nº 40.406;
Que se han presentado veintidos (22) postulantes, con proyectos de alta calidad;
Que, habiéndose cumplido las distintas etapas del proceso concursal, se ha confeccionado el Orden de Mérito de los postulantes inscriptos de acuerdo a lo dictaminado por el Jurado;
Que los postulantes que ocupan los primeros ocho (8) puestos del orden de mérito definitivo cumplen con los requisitos para cubrir las vacantes en cuestión, por lo que a los efectos de posibilitar el otorgamiento de las becas, resulta necesario dictar la norma legal correspondiente, incorporándolos por el período comprendido entre el 1° de octubre de 2019 y el 30 de setiembre de 2021.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 505/2011,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1°.- Otórganse ocho (8) becas de Investigación, por el período comprendido entre el 1° de octubre de 2019 y el 30 de setiembre de 2021, a diversos profesionales, en distintas reparticiones dependientes del Ministerio de Salud, en las condiciones establecidas por la Ordenanza Nº 40.406 (texto consolidado por Ley N° 5.666), de acuerdo al detalle que obra como Anexo I (IF-2019-30465475-DGDIYDP), el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°.- El monto mensual que dichos profesionales percibirán en concepto de Beca corresponde a lo establecido en el Anexo I, punto VII, Inciso e) de la Resolución N° 726/MSGC/2019.
Art. 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1° encuentra reflejo presupuestario en el Programa 66, Actividad 34.000, Partida 5.1.3.2.
Art. 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Representación de la Contaduría General ante el Ministerio de Salud. Cumplido, archívese.
Bou Pérez

ANEXO
Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.

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