RESOLUCION 146/2019
SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD (SIPROSA)
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Manual de Misión y Funciones de la Dirección de Enfermería. Modifica resolución 1172/05.
Del: 15/04/2019; Boletín Oficial 25/04/2019
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VISTO: que se gestiona la jerarquización de la División Enfermería, que actualmente forma parte de la estructura orgánica de la Dirección General del Programa Integrado, para que pase al rango de Dirección de Enfermería con dependencia de la Secretaría Ejecutiva Médica, y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaria General Administrativa del Sistema Provincial de Salud, informa que lo solicitado se fundamenta en la importancia del ejercicio de la especialidad asistencial de la enfermería en todos los efectores de salud pertenecientes al Siprosa y servicios de salud municipales con los cuales el Sistema tiene convenio colaborativo;
Que la División de Enfermería forma parte de la estructura de la Dirección General del Programa Integrado de Salud (PRIS), abocándose al cumplimiento de las misiones y funciones que le competen a esa dirección general cuyo objetivo prioritario es el de “Coordinar Programas Sanitarios Nacionales y Provinciales”, utilizando eficazmente los recursos y prioridades en salud a través de una administración contable y financiera única para todos los programas, sumado a la finalidad de realizar actividades de promoción para la salud y participación social;
Que dada la necesidad de ampliar las misiones y funciones de la División de Enfermería en su proceso de jerarquización a Dirección de Enfermería, se deberán incorporar tareas a realizar de gran relevancia e importancia para el Siprosa, siendo estas prioritariamente de gestión y no de índole asistencial, acompañadas de actividades y objetivos de planificación, prevención, revisión, capacitación, coordinación, educación e investigación, relevamiento de recursos humanos, recabar datos estadísticos, epidemiológicos y de producción, velar por el cumplimiento de las normas de garantía y calidad de la Nación (adheridas), razón por la cual el proyecto prevé que la futura Dirección de Enfermería pase a depender jerárquica y operativamente de la Dirección General de Gestión Sanitaria;
Que de fs. 02/06 corre adjunto el proyecto de creación de la Dirección de Enfermería con su correspondiente Manual de Misión y Funciones;
Que en relación al encuadre legal, la Dirección de Dictámenes destaca que de conformidad a lo normado por los Artículos 9.4 y 29 de la Ley N°5652, resulta atribución del Presidente del Siprosa, disponer la creación de los organismos que integran la estructura institucional del Siprosa y dictar sus normas de funcionamiento interno;
Que no existen objeciones legales que formular para que la Sra. Ministra, en su carácter de Presidente del Sistema Provincial de Salud, de conformidad a lo normado por el Artículo 9.4 de la Ley N° 5652, disponga aprobar el Proyecto de creación de la Dirección de Enfermería dependiente de la Dirección General de Gestión Sanitaria y su manual de misión y funciones que se adjunta de fs. 02/06 y ordenar su publicación (Artículo 44° de la Ley N° 4537);
Que procede disponer en consecuencia.
Por ello, y atento al dictamen jurídico de fs. 08 y vta.,
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA
EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTA DEL SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD
RESUELVE:
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Artículo 1°.- Disponer en el ámbito del Sistema Provincial de Salud, la creación de la Dirección de Enfermería, que dependerá jerárquicamente de la Secretaría Ejecutiva Médica, y aprobar el Manual de Misión y Funciones y su correspondiente Adicional por Función Jerárquica del 90% de la asignación básica de nivel, que como Anexo I pasa a formar parte integrante de la presente resolución.
Art. 2°.- Disponer en el ámbito de la Dirección de Enfermería que se crea por el Artículo 1° de la presente resolución, la creación de las dependencias que se detallan a continuación, con su Misión y Funciones y sus correspondientes Adicionales por Función Jerárquica, que por este acto se aprueban y pasan a formar parte integrante de la presente resolución, a saber:
División de Coordinación de Enfermería, con el 45% de la asignación básica de nivel en concepto del adicional por función jerárquica;
Unidad de Atención Primaria en Salud, con el 30% de la asignación básica de nivel en concepto del adicional por función jerárquica;
Unidad de Servicios Cerrados, con el 30% de la asignación básica de nivel en concepto del adicional por función jerárquica;
Unidad de Control de Infecciones, con el 30% de la asignación básica de nivel en concepto del adicional por función jerárquica.
Art. 3°.- Dejar establecido que a partir de la publicación de la presente disposición en el Boletín Oficial, queda suprimida la estructura de la División de Enfermería que formaba parte de la Dirección General del Programa Integrado de Salud, modificándose en consecuencia parcialmente la Resolución N° 1172/SPS-2005.
Art. 4°.- Registrar, comunicar, notificar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
ANEXO
Enlace a la presente resolución incluyendo el texto completo de sus respectivos anexos desde aquí.
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