VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la Coordinación de Prevención de Enfermedades Crónicas no Transmisibles solicita la conformación de un Consejo Asesor Provincial en Nutrición; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo tiene como propósito el asesoramiento participativo en el área de alimentación a fin de consolidar el trabajo en red en Nutrición, basado en estrategias poblacionales con alcance provincial, para asesorar, colaborar, difundir y promover diferentes líneas de acción sobre Nutrición en su lugar de residencia;
Que la Provincia firmó un Convenio con el Ministerio de Salud de la Nación - BIRF “Proyecto de Protección de la población vulnerable contra las enfermedades crónicas no transmisibles” donde se fijaron indicadores a cumplirse en Centros de Salud y Municipios siendo la Nutrición parte del abordaje integral de la prevención de ECNT;
Que dicho Consejo dependerá de la Coordinación de Prevención de Enfermedades Crónicas no Transmisibles a cargo de la Licenciada Verónica Evelín Baraballe, DNI Nº 30.384.622, quien revista como Personal Temporario con Contrato de Locación de Servicio;
Que el Consejo Asesor Provincial en Nutrición estará conformado por Licenciadas y Licenciados en Nutrición que se desempeñen en los diferentes Centros de Salud de la Provincia, siendo propicio invitar a los Centros de Salud Municipales, a los Centros de Integración Comunitaria (CIC) y a las Áreas de Salud Municipales;
Que la conformación del mismo permitirá ampliar el campo de acción sobre el control y prevención de las enfermedades crónicas no transmisibles desde un pilar fundamental como es la alimentación saludable, logrando llegar a toda la población con estrategias e información consensuada;
Que han tomado intervención las áreas técnicas pertinentes;
Que corresponde dejar aclarado que la conformación de este Consejo no erogará gastos a la Administración, debido a que la tarea que se llevará a cabo será voluntaria y ad-honorem;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha dictaminado al respecto;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud
R E S U E L V E :
|