Visto
Los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el Poder Ejecutivo Nacional Nº 260/2020, Nº 297/2020, Nº 325/2020, Nº 355/2020, Nº 408/2020, Nº 459/2020, Nº 493/2020 y prórrogas;
Leyes Provinciales Nº 6157, Nº 6163, Nº 6169; Decretos Acuerdo Provinciales Nº 696-S-2.020, Nº 750-G-2.020, Nº 762-G-2.020, Nº 792-G-2.020, Nº 804-G-2.020, Nº 961-G-2.020, Nº 1145-G-2.020, normas concordantes y complementarias; y,
Considerando
Que, subsiste un periodo crítico en la protección sanitaria y seguridad de los ciudadanos, por la detección de casos, aún aislados, pero cada vez más numerosos, con la sospecha de circulación local, que justifican continuar accionando en forma efectiva e inmediata, de modo que, con la evaluación integral y consolidada, medidas temporarias puedan limitarse.
En el contexto, se sostiene el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, vigente, concordante con la Declaración de Emergencia Sanitaria y Epidemiológica consagrada a partir del Decreto Acuerdo Provincial Nº 696-S-2.020, aún como medida excepcional, de emergencia, por la compleja situación epidemiológica nacional e internacional, frente al imperativo de contrarrestar la propagación del virus SARSCOVID-19 (coronavirus).
Que, existe la decisión inflexible de evitar riesgos al Sistema Público Provincial de Salud.
Por lo expuesto, en uso de facultades que son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS DECRETA:
|