RESOLUCION 962/2020
MINISTERIO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES


 
Protocolo de Actuación para la Prevención y Abordaje de COVID-19 en Residencias de Adultos Mayores.
Del: 13/05/2020; Boletín Oficial 18/05/2020

Vista la declaración de “Emergencia Sanitaria” dispuesta por el Gobierno Nacional a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20 y por el Gobierno Provincial a través del Decreto Nº 359/20, ratificado por Ley Nº 9220; y
CONSIDERANDO:
Que el derecho a la salud es un derecho humano fundamental reconocido constitucionalmente tanto implícita como explícitamente, a través de diversos instrumentos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;
Que la Ley Nacional Nº 23.661 creó el Sistema Nacional del Seguro de Salud, a efectos de “procurar el pleno goce del derecho a la salud para todos los habitantes del país sin discriminación social, económica, cultural o geográfica”, reafirmando la concepción integradora del sector salud y el papel de conducción general del sistema de la autoridad pública.
Que la Ley Provincial Nº 9206, en su Artículo 19, otorgó facultades generales al Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes para “crear las condiciones necesarias para la promoción, prevención, protección, recuperación, asistencia y rehabilitación de la salud, para los habitantes de la Provincia, con la participación responsable de todos los sectores involucrados, bajo los principios de equidad, solidaridad, justicia e integralidad”, disponiendo además como facultades especiales, en los incisos 1), 11) y 19) “proponer y aplicar la política sanitaria de prevención, promoción y protección integral de las personas en su entorno individual, familiar y comunitario en todo el ámbito provincial”, “promover, colaborar y programar estrategias, dispositivos y medidas a fin de prevenir y controlar los riesgos epidemiológicos en la Provincia” y “asistir las emergencias sanitarias en el marco de las competencias respectivas”.
Que con fecha 12 de marzo, mediante la Resolución Nº 655/20 del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, se creó el Comité de Vigilancia Epidemiológica, integrado por representantes del subsector estatal y del subsector privado, con la finalidad de “cumplir con los lineamientos internacionales de la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud (OMS/OPS), respecto a enfermedades transmisibles y de acuerdo a las emergencias epidemiológicas que se presenten, contar con la información local fidedigna para la toma de decisiones ajustadas a la realidad epidemiológica provincial y nacional y hacer las recomendaciones pertinentes a autoridades sanitarias locales, de carácter no vinculantes y aplicables al sistema de salud provincial”.
Que la Organización Mundial de la Salud declaró al virus COVID-19 como una Pandemia, instando a los países a tomar medidas para activar y ampliar los mecanismos de respuestas ante la emergencia, siendo indispensable la rectoría de la autoridad pública respecto de los lineamientos generales que deben ser cumplidos en todos los establecimientos de salud, tanto de gestión estatal como de gestión privada, con el fin de asegurar el derecho a la salud de todas las personas que se encuentren en la Provincia;
Que el Comité de Vigilancia Epidemiológica propone un procedimiento operativo estandarizado dirigido a normatizar los aspectos relacionados con la prevención y abordaje de casos sospechosos o confirmados COVID-19 en residencias de adultos mayores, con el objeto de asegurar la protección de los residentes, identificar y prevenir la diseminación intrainstitucional de la enfermedad y establecer un protocolo de actuación frente a casos posibles dentro de la residencia;
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
RESUELVE:

Artículo 1º- Aprobar el “Protocolo de Actuación para la Prevención y Abordaje de COVID-19 en Residencias de Adultos Mayores”, elaborado por el Comité de Vigilancia Epidemiológica, que como Anexo I forma parte de la presente resolución.
Art. 2º- Disponer el cumplimiento obligatorio del “Protocolo de Actuación para la Prevención y Abordaje de COVID-19 en Residencias de Adultos Mayores”, así como sus actualizaciones y anexos, en todos los establecimientos de salud de la Provincia, tanto de gestión estatal como privada.
Art. 3º- Establecer que el “Protocolo de Actuación para la Prevención y Abordaje de COVID-19 en Residencias de Adultos Mayores”, como sus actualizaciones y anexos, serán publicados en el sitio web oficial del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes - www.salud.mendoza.gov.ar.
Art. 4º- Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.
FARM. ANA MARÍA NADAL

ANEXO
Enlace a la presente incluyendo el texto completo de sus respectivos anexos desde aquí.

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