LEY 3239
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Libre Paso Interprovincial de los residentes de San Luis y La Pampa en el marco de la pandemia provocada por el COVID-19.
Sanción: 04/06/2020; Suplemento Oficial 19/06/2020

La Legislatura de la provincia
sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1°: Apruébase el Convenio Complementario N° 3 suscripto en el marco del Tratado de El Caldén de Cooperación entre las provincias de San Luis y La Pampa -Libre Paso Interprovincial de los residentes de ambas Provincias en el marco de la pandemia provocada por el COVID-19-, de fecha 2 de junio de 2020, que forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 2°: Autorízase al Poder Ejecutivo al dictado de todos los actos administrativos que sean necesarios para la implementación, ejecución y seguimiento de las acciones previstas en las cláusulas segunda, tercera, cuarta y quinta del Convenio Complementario que se aprueba por el artículo anterior.
Art. 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ - Dra. Varinia Lis MARÍN


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