DECRETO 251/2020
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y la Municipalidad de Lavalle.
Del: 18/02/2020; Boletín Oficial: 25/03/2020

Visto el expediente EX-2019-03939347- GDEMZA- DSAMEA#MSDSYD, en el cual se solicita aprobar el CONVENIO MARCO MULTILATERAL DE COLABORACIÓN y el ACTA COMPLEMENTARIA Nº 1, celebrados entre el MINISTERIO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES, representado por la ex Ministra Cdra. Nélida Elisabeth Crescitelli y la MUNICIPALIDAD DE LAVALLE, representada por el Sr. Intendente Roberto Righi, como Convenio de Cooperación Mutua de carácter general y amplio; y
CONSIDERANDO:
Que el Convenio tiene el objeto de mancomunar esfuerzos, para articular políticas públicas conjuntas en el ámbito regional para la promoción, prevención, capacitación y asistencia de la salud mental infanto-juvenil;
Que las partes se comprometen a mantener y reforzar el servicio Interdisciplinario de Salud Mental del “Centro de Salud Mental Infanto-Juvenil de Lavalle”, el cual responderá en sus acciones a los lineamientos y objetivos de la Dirección de Salud Mental y Adicciones y las políticas trazadas por el Ministerio de la Salud, Desarrollo Social y Deportes;
Que también se comprometen al desarrollo de las políticas articuladas, involucrando la continuidad y el funcionamiento del Centro de Salud Mental Infanto-Juvenil en el Departamento de Lavalle, conforme el Acta Complementaria que forma parte del Convenio;
Por ello, en razón de lo solicitado, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. 3 inc. 9) y 19 de la Ley Nº 9206,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º- Apruébense el CONVENIO MARCO MULTILATERAL DE COLABORACIÓN y el ACTA COMPLEMENTARIA Nº 1, celebrados entre el MINISTERIO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES, representado por la ex Ministra Cdra. Nélida Elisabeth Crescitelli y la MUNICIPALIDAD DE LAVALLE, representada por el Sr. Intendente Roberto Righi, con el objeto de mancomunar esfuerzos, para articular políticas públicas conjuntas en el ámbito regional para la promoción, prevención, capacitación y asistencia de la salud mental infanto-juvenil y que como Anexo forman parte del presente decreto.
Art. 2º- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Salud, Desarrollo Social y Deportes y el Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia.
Art. 3º- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Rodolfo Alejandro Suárez; Ana María Nadal, Víctor Ibañez Rosaz

ANEXO
Enlace al presente decreto incluyendo el texto completo de sus respectivos anexos desde aquí.

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