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VISTO la grave situación provocada por la propagación del virus COVID-19; y,
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la Nación mediante Resolución Nº 207/2020, ha calificado personal esencial a todos los trabajadores del sector de salud, sin discriminación en razón de la edad;
Que en tal contexto y en el marco de la emergencia sanitaria vigente en todo el país, resulta necesario adoptar idéntico criterio a nivel local, exceptuando del permiso extraordinario de ausencia dispuesto en la Resolución Nº 01/2020 del Comité Operativo de Emergencia, a todos los trabajadores del sector salud;
Que asimismo deviene apropiado acondicionar a los hospitales y a los inmuebles que fueren necesarios, tanto en la ciudad de Salta como en el resto del territorio provincial, a fin de dotar al sistema de salud de lugares específicos, con la capacidad operativa y los recursos pertinentes, para tratar los casos relacionados al citado virus;
Por ello en el marco de las competencias previstas en el artículo 7º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 250/2020,
El Comité Operativo de Emergencia
resuelve:
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