VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la Organización Panamericana de la Salud, la Ley N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/2020, 297/PEN/2020 y 520/PEN/20, la Ley N° 6.292, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/GCBA/20, el Decreto N° 147/GCBA/20, la Resolución del Ministerio de Salud de la Nación N° 680/MSN/20, la Resolución N° 533/SSPSGER/20, la Resolución N° 534/SSPSGER/20, Resolución N° 535/SSPSGER/20, y EX-2020- 12449355-20 -GCABA-DGPLO, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°260/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al Coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto.
Que, posteriormente el Decreto de Necesidad y Urgencia N°297/PEN/2020 del Poder Ejecutivo de la Nación estableció para todo el territorio nacional, la medida de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y la prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19 siendo prorrogada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°520/PEN/2020.
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/GCBA/20 se prorrogó la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20 que declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus) hasta el 31 de agosto de 2020 inclusive;
Que por Decreto N° 147/GCBA/20 se estableció que el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;
Que por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, se aprobó el PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS COVID-19 el cual contempla la adopción de medidas que garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de Coronavirus (COVID - 19) con el fin de permitir su atención adecuada, así como las medidas de investigación, prevención y control pertinentes;
Que por Resolución N° 533/SSPSGER/20 se aprobó el PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA PREVENCIÓN Y MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS DE CORONAVIRUS (COVID-19) EN RESIDENCIAS GERIÁTRICAS con la finalidad de prevenir la propagación del virus COVID-19 (Coronavirus) en las residencias geriátricas privadas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que por Resolución N° 534/SSPSGER/20 se aprobó el PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS (COVID-19) EN RESIDENCIAS GERIÁTRICAS -MANEJO DE CONTINGENCIA con la finalidad implementar el plan de contingencia adaptado a las características de cada establecimiento geriátrico en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que por Resolución N° 535/SSPSGER/20 se aprobó el PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA PREVENCIÓN Y MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS DE CORONAVIRUS (COVID-19) EN RESIDENCIAS GERIÁTRICAS con la finalidad implementar, según corresponda, la derivación y/o desocupación y/o evacuación de los adultos mayores de las residencias geriátricas ubicadas en la Ciudad de Buenos Aires.
Que en función de la evolución de la pandemia COVID-19, las recomendaciones actualizadas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) sumado la experiencia local en materia de definición y manejo de casos sospechosos, es que resulta pertinente realizar la actualización del Protocolo cde actuación para prevención y manejo de casos sospechosos; contingencia y derivación de casos confirmados de Coronavirus (COVID-19) en residencias geriátricas.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias y las conferidas por le Ley N° 6.292 y el Decreto N° 147/GCBA/20;
EL SUBSECRETARIO DE PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED
RESUELVE:
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