RESOLUCION 1189/2020
MINISTERIO DE SALUD


 
Protocolo de Manejo frente a Casos Sospechosos y confirmados de Coronavirus. Modificación de resolución 842/20. Deja sin efecto la resolución 1073/20.
Del: 13/05/2020; Boletín Oficial: 18/05/2020

VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la Organización Panamericana de la Salud, la Ley N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/2020, 297/PEN/2020, 325/PEN/20, 355/PEN/2020, 408/PEN/20 y 459/PEN/20, la Ley N° 6.292, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el Decreto Nº 147/GCBA/20, la Resolución del Ministerio de Salud de la Nación N° 680/MSN/20, las Resoluciones N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, el Expediente Electrónico N° 10280119-GCABA- DGLTMSGC/20 y;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 325/PEN/20, 355/PEN/20, 408/PEN/20 y el 459/PEN/20 se prorrogó la vigencia del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20 que establece la medida de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y la prohibición de desplazarse porrutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus Coronavirus (COVID-19) hasta el 24 de mayo de 2020 inclusive;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/GCBA/20 se declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus);
Que por Decreto N° 147/GCBA/20 se estableció que el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;
Que por Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, se aprobó el “PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS COVID-19“ el cual contempla la adopción de medidas que garanticen la detección y el diagnóstico precoz de un posible caso de Coronavirus (COVID - 19) con el fin de permitir su atención adecuada, así como las medidas de investigación, prevención y control pertinentes;
Que en función de la evolución de la pandemia COVID-19, las recomendaciones actualizadas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) sumado la experiencia local en materia de definición y manejo de casos sospechosos, las modificaciones en la evaluación del caso en condiciones de aislamiento y las mejoras en la investigación epidemiológica en manejo de contactos estrechos en diversas circunstancias, es que corresponde realizar un nueva actualización del “PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS COVID-19“;
Que dichas actualizaciones han sido consensuadas con el comité de expertos que asiste a esta cartera de salud;
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias y las conferidas por le Ley N° 6.292 y el Decreto N° 147/20,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 842/MSGC/20 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera
“Artículo 1°.- Apruébase el “PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS (COVID-19)“, que como Anexo I (IF-2020-13528668- GCABA-SSPSGER) forma parte integrante de la presente Resolución.“.
Art. 2°.- Déjase sin efecto el protocolo aprobado por la Resolución N° 1073/MSGC/20 y sus modificatorias.
Art. 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados. Cumplido, archivese.
González Bernaldo de Quirós

ANEXO
Enlace a la presente resolución incluyendo el texto completo de sus respectivos anexos desde aquí.

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