RESOLUCION 1062/2020
MINISTERIO DE SALUD


 
Unidad móvil en virtud de la propagación del virus COVID-19.
Del: 13/07/2020; Boletín Oficial 15/07/2020

VISTO la Ley N° 15165 los Decretos N° 7764/71, N° 260/20, N° 132/2020 y Nº 272/17 E, y el expediente N° EX-2020-11992489-GDEBA- DPTMGESYAMSALGP, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la aprobación del convenio de permiso de uso celebrado entre este Ministerio y la Dirección Nacional de Vialidad, con el fin de entregar un permiso de uso gratuito de un automotor con el objeto de fortalecer la flota de vehículos del Ministerio de Salud en virtud de la propagación del virus COVID-19, en el marco del estado de emergencia sanitaria declarada en el ámbito de la provincia de Buenos Aires por Decreto Nº 132/20;
Que mediante el Decreto Nacional Nº 260/2020, se ordenó la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), en relación al coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año;
Que por su parte, la Ley N° 15165 declaró el estado de emergencia social, económica, productiva, y energética en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;
Que el artículo 20 inciso E) de la Ley antes mencionada faculta a este Ministerio de Salud a ejecutar acciones tendientes a controlar brotes y epidemias mediante acciones que requieran incorporación de recursos humanos, vacunas e insumos esenciales;
Que el artículo 1° del Decreto N° 132/2020 dispone, “Declarar el estado de emergencia sanitaria en el ámbito de toda la Provincia de Buenos Aires, por el término de ciento ochenta (180) días contados a partir del dictado del presente Decreto, a tenor de la enfermedad por el nuevo coronavirus (COVID19)”;
Que por el artículo 2° del mencionado Decreto se instruyó a este Ministerio de Salud a disponer las medidas necesarias y/o de reorganización del personal que la situación de emergencia amerite para cubrir eficientemente la prestación del servicio de salud, facultándolo a llevar adelante todos los procedimientos de contratación de bienes y de servicios para atender las necesidades de equipamiento e insumos para afrontar la emergencia sanitaria, con trámite preferencial, de especial y prioritario despacho;
Que la gestión que se propicia es impulsada por la Subsecretaria Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio a orden N°4 informando sobre la entrega de manera gratuita de un vehículo por parte de la Dirección Nacional de Vialidad con el objeto de fortalecer la flota de vehículos del Ministerio de Salud para poder realizar el correspondiente traslado de equipos, insumos y personal de los servicios de salud en el marco de los esfuerzos por contener la pandemia de coronavirus”;
Que el objeto del convenio consiste en la entrega de una unidad móvil por parte de la Dirección de Nacional Vialidad a fin de contribuir con el funcionamiento de su infraestructura hospitalaria, unidades o centros de atención, en el marco de la emergencia social, económica, productiva y energética declarada en la provincia de Buenos Aires;
Que mediante la cláusula primera se identifica el vehículo marca Ford, transit dominio AD 321 FW;
Que mediante la cláusula segunda se establece que el permiso de uso tendrá una duración de 180 días, el cual podrá ser prorrogado por el mismo tiempo por única vez;
Que mediante la cláusula cuarta, quinta y sexta las partes acuerdan que la unidad móvil se pondrá a disposición del Ministerio en la sede del 1° Distrito - Buenos Aires, bajo un “Acta de Suministro de Bienes” en la que se detallará el estado del automotor y comprometiéndose éste a devolverlo en idénticas condiciones de funcionamiento, o con las mejoras que se le incorporen, como así también a entregar mensualmente un reporte de uso y estado del mismo, al momento de la devolución del bien se procederá con los mismos recaudos;
Que por la cláusula décimo quinta se establece que en caso de ser necesaria la realización de reparaciones en el bien para que el mismo se encuentre en idénticas condiciones de funcionamiento a las que poseía al momento de ser entregado, será Vialidad Nacional quien establezca los costos de tales reparaciones;
Que han tomado intervención de su competencia, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que en virtud de todo lo expuesto, procede aprobar el Contrato de permiso de uso referido;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículos 1° incisos 5) del Decreto N° 272/17 E, y 7° del Decreto N° 132/20;
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE

Artículo 1º. Aprobar el convenio de permiso de uso y su Anexo I suscriptos entre este Ministerio de Salud y la Dirección Nacional de Vialidad el cual como documento N° CONVE-2020-12014977- GDEBASSTAYLMSALGP, pasa a formar parte integrante de la presente, con el objeto de entregar el uso de una unidad móvil en virtud de la propagación del virus COVID-19, en el marco del estado de emergencia sanitaria declarada en el ámbito de la provincia de Buenos Aires por Decreto Nº 132/20.
Art. 2°. Notificar al Fiscal de Estado, comunicar y publicar. Cumplido, archivar.
Daniel Gustavo Gollán

ANEXO
Enlace a la presente resolución incluyendo el texto completo de sus respectivos anexos desde aquí.

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