VISTO el expediente N° 2002-15910/05-6 del registro del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, el convenio celebrado el 7 de abril de 1989, entre el entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL y la ex-MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES y su modificatorio, aprobado por Decreto N° 815 del 13 de junio de 1989 y su complementario, el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, el Decreto N° 94 del 8 de febrero de 2005 y la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE Nº 1569 del 31 de Octubre de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que por el convenio citado se constituyó en forma definitiva el Ente "HOSPITAL DE PEDIATRIA SAMIC PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN".
Que la vigente cláusula SEXTA del convenio de referencia prevé que el Consejo de Administración del Ente estará integrado por DOS (2) miembros titulares de cada jurisdicción.
Que, por otra parte, el Artículo 11 del Estatuto del Hospital de que se trata establece que los citados miembros durarán DOS (2) años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser redesignados.
Que el Decreto N° 491/02 dispuso que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública debe ser efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que, por Decreto Nº 94/05 fueron designados respectivamente, los doctores Alberto Jorge GOLDBERG y Josefa RODRIGUEZ RODRIGUEZ.
Que por Resolución Nº 1569/05 del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, ha sido aceptada la renuncia de la Dra. Josefa RODRIGUEZ RODRIGUEZ al cargo de Miembro Titular del Consejo de Administración, debido a que ha sido designada como Directora Médica Ejecutiva del "HOSPITAL DE PEDIATRIA SAMIC PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN".
Que la Doctora D. María Cristina GIMENEZ, D.N.I. Nº 10.540.621, cumple con los requisitos de idoneidad y solvencia profesional para el desempeño del cargo a cubrir.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 491/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
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