Resolución 323/1986
SUBSECRETARIA DE REGULACION Y CONTROL (Subs R. y C.)
|
Medicina, odontología y actividades de colaboración -- Infracciones a la ley 17.132 que regula el ejercicio profesional -- Actualización de multas.
Fecha de Emisión: 07/03/1986; Publicado en: Boletín Oficial 31/03/1986
|
Artículo 1º -- Actualízase el monto de las multas establecidas en los arts. 126 inc. b) y 140, párr. 3º de la ley 17.132 modificada por la ley 22.650 en la siguiente forma:
Art. 126, inc. b). -- Multas de cuatro australes (A 4) a mil ciento cincuenta y cinco australes (A 1155) susceptibles de ser aumentadas hasta el décuplo del máximo establecido en caso de reincidencia.
Art. 140, párr. 3º. -- La negativa injustificada del propietario, director o persona a cargo del local o establecimiento de permitir la inspección, hará pasible de una multa de veintinueve australes (A 29) a doscientos noventa australes (A 290).
Art. 2º -- Comuníquese, etc.
|