CODIGO DEONTOLOGICO DEL CONSEJO INTERNACIONAL DE ENFERMERAS
CONSEJO INTERNACIONAL DE ENFERMERAS (CIE)


 
El Consejo Internacional de Enfermeras (CIE) adoptó por primera vez un Código internacional de ética para enfermeras en 1953.
Después se ha revisado y reafirmado en diversas ocasiones, la más reciente es este examen y revisión completados en 2005.

PREÁMBULO
Las enfermeras tienen cuatro deberes fundamentales: promover la salud, prevenir la enfermedad, restaurar la salud y aliviar el sufrimiento.
La necesidad de la enfermería es universal.
Son inherentes a la enfermería el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos culturales, el derecho a la vida y a la libre elección, a la dignidad y a ser tratado con respeto. En los cuidados de enfermería hay respeto y no hay restricciones en cuanto a consideraciones de edad, color, credo, cultura, discapacidad o enfermedad, género, orientación sexual, nacionalidad, opiniones políticas, raza o condición social.
Las enfermeras prestan servicios de salud a la persona, la familia y la comunidad y coordinan sus servicios con los de otros grupos relacionados.

EL CÓDIGO DEL CIE
El Código deontológico del CIE para la profesión de enfermería tiene cuatro elementos principales que ponen de relieve las normas de conducta ética.
ELEMENTOS DEL CÓDIGO
1. LA ENFERMERA Y LAS PERSONAS
La responsabilidad profesional primordial de la enfermera será para con las personas que necesiten cuidados de enfermería.
Al dispensar los cuidados, la enfermera promoverá un entorno en el que se respeten los derechos humanos, valores, costumbres y creencias espirituales de la persona, la familia y la comunidad.
La enfermera se cerciorará de que la persona reciba información suficiente para fundamentar el consentimiento que den a los cuidados y a los tratamientos relacionados.
La enfermera mantendrá confidencial toda información personal y utilizará la discreción al compartirla.
La enfermera compartirá con la sociedad la responsabilidad de iniciar y mantener toda acción encaminada a satisfacer las necesidades de salud y sociales del público, en particular las de las poblaciones vulnerables.
La enfermera compartirá también la responsabilidad de mantener el medioambiente natural y protegerlo contra el empobrecimiento, la contaminación, la degradación y la destrucción.
2. LA ENFERMERA Y LA PRÁCTICA
La enfermera será personalmente responsable y deberá rendir cuentas de la práctica de enfermería y del mantenimiento de su competencia mediante la formación continua.
La enfermera mantendrá un nivel de salud personal que no comprometa su capacidad para dispensar cuidados.
La enfermera juzgará la competencia de las personas al aceptar y delegar responsabilidad.
La enfermera observará en todo momento normas de conducta personal que acrediten a la profesión y fomenten la confianza del público.
Al dispensar los cuidados, la enfermera se cerciorará de que el empleo de la tecnología y los avances científicos son compatibles con la seguridad, la dignidad y los derechos de las personas.
3. LA ENFERMERA Y LA PROFESIÓN
A la enfermera incumbirá la función principal al establecer y aplicar normas aceptables de práctica clínica, gestión, investigación y formación de enfermería.
La enfermera contribuirá activamente al desarrollo de un núcleo de conocimientos profesionales basados en la investigación.
La enfermera, a través de la organización profesional, participará en la creación y mantenimiento de condiciones de trabajo social y económicamente equitativas y seguras en la enfermería.
4. LA ENFERMERA Y SUS COMPAÑEROS DE TRABAJO
La enfermera mantendrá una relación de cooperación con las personas con las que trabaje en la enfermería y en otros sectores.
La enfermera adoptará las medidas adecuadas para preservar a las personas, familias y comunidades cuando un compañero u otra persona ponga en peligro su salud.
SUGERENCIAS PARA EL USO DEL CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL CIE
PARA LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA
El Código deontológico del CIE para la profesión de enfermería es una guía para actuar sobre la base de los valores y necesidades sociales. Sólo tendrá significado como documento vivo si se aplica a las realidades de la enfermería y de la atención de salud en una sociedad cambiante.
Para lograr su finalidad, el Código ha de ser comprendido, asimilado y utilizado por las enfermeras en todos los aspectos de su trabajo.
Debe permanecer al alcance de los estudiantes y las enfermeras a lo largo de sus estudios y de su vida de trabajo.
APLICACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL
CIE PARA LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA
El Código deontológico del CIE para la profesión de enfermería tiene cuatro elementos que constituyen el marco de las normas de conducta:
la enfermera y las personas, la enfermera y la práctica, la enfermera y la profesión y la enfermera y sus compañeros de trabajo. El cuadro siguiente tiene por objeto ayudar a las enfermeras a poner en práctica dichas normas. Las enfermeras y estudiantes de enfermería pueden:
• Estudiar las normas de cada elemento del Código.
• Reflexionar sobre lo que cada norma significa para cada uno.
Pensar cómo puede aplicarse la ética en el ámbito de la enfermería propio: en la práctica, en la formación, en la investigación o en la gestión.
• Dialogar sobre el Código con los compañeros de trabajo y otras personas.
• Utilizar un ejemplo concreto de la experiencia para identificar los dilemas éticos y las normas de conducta estipuladas en el Código.
Identificar la manera en que pueden resolverse esos dilemas.
• Trabajar en grupos para que la toma de decisiones éticas sea clara, y llegar a consenso sobre las normas de conducta ética.
• Colaborar con la asociación nacional de enfermeras del país, compañeros de trabajo y otras personas para aplicar de manera continua las normas éticas en la práctica, la formación, la gestión y la investigación de enfermería.
Elemento del Código No 1: LA ENFERMERA Y LAS PERSONAS
Enfermeras en ejercicio y gestoras
Dispensar cuidados que respeten los derechos humanos y sean sensibles a los valores, costumbres y creencias de todos los pueblos.
Impartir formación continua en las cuestiones y dilemas éticos.
Dar una información suficiente que permita el consentimiento fundamentado y el derecho a elegir o rechazar el tratamiento.
Emplear sistemas de registro y de gestión de la información que aseguren la confidencialidad.
Desarrollar y vigilar la seguridad medioambiental en el lugar de trabajo.
Docentes e investigadoras Incluir en el plan de estudios referencias a los derechos humanos, la equidad, la justicia y la solidaridad como base para acceder a los cuidados.
Brindar oportunidades de enseñar y aprender acerca de las cuestiones éticas y la adopción de decisiones.
Brindar oportunidades de enseñar y aprender en relación con el consentimiento fundamentado.
Introducir en el plan de estudios los conceptos de intimidad personal y confidencialidad.
Sensibilizar a los estudiantes sobre la importancia de la acción social en los problemas actuales.
Asociaciones nacionales de enfermeras
Elaborar declaraciones de posición y directrices que favorezcan los derechos humanos y las normas éticas.
Influir a favor de la participación de las enfermeras en comités de examen ético.
Facilitar directrices, declaraciones de posición y formación continua sobre el consentimiento fundamentado.
Incorporar cuestiones de confidencialidad e intimidad personal en un código nacional de ética para enfermeras.
Abogar a favor de un medioambiente sano y seguro.
Elemento del Código No 2: LA ENFERMERA Y LA PRÁCTICA
Enfermeras en ejercicio y gestoras
Establecer normas de atención de salud y un contexto de trabajo que fomente la seguridad y la calidad de los cuidados.
Establecer sistemas de evaluación profesional, formación continua y renovación sistemática de la autorización para ejercer.
Vigilar y fomentar la buena salud individual del personal de enfermería en relación con su competencia para la práctica de la profesión.
Docentes e investigadoras
Facilitar oportunidades de formación/aprendizaje que fomenten la preparación y la competencia para el ejercicio de la profesión a lo largo de la vida.
Realizar y difundir investigaciones que muestren los vínculos entre el aprendizaje continuo y la competencia para la práctica.
Fomentar la importancia de la salud individual y poner de relieve su relación con otros valores.
Asociaciones nacionales de enfermeras
Dar acceso a una formación continua mediante publicaciones, conferencias, formación a distancia, etc. Influir para conseguir oportunidades de formación continua y normas de calidad de los cuidados.
Fomentar estilos de vida sanos para los profesionales de enfermería.
Influir a favor de lugares de trabajo saludables y servicios para las enfermeras.
Elemento del Código No 3: LA ENFERMERA Y LA PROFESIÓN
Enfermeras en ejercicio y gestoras
Fijar normas para la práctica, investigación, formación y gestión de enfermería.
Fomentar el apoyo en el lugar del trabajo a la realización, difusión y utilización de la investigación relacionada con la enfermería y la salud.
Fomentar la participación en las asociaciones nacionales de enfermeras para crear condiciones económicas y sociales favorables para las enfermeras.
Docentes e investigadoras
Proporcionar oportunidades de enseñanza y aprendizaje en fijación de normas para la práctica, investigación, formación y gestión de enfermería.
Dirigir, difundir y utilizar la investigación para impulsar la profesión de enfermería.
Sensibilizar a los que aprenden sobre la importancia de las asociaciones profesionales de enfermería.
Asociaciones nacionales de enfermeras
Colaborar con otros para fijar normas para la formación, práctica, investigación y gestión de enfermería.
Elaborar declaraciones de posición, directrices y normas relacionadas con la investigación de enfermería.
Ejercer influencia para conseguir condiciones de trabajo, sociales y económicas equitativas para la enfermería.
Elaborar declaraciones de posición, directrices sobre problemas del lugar de trabajo.
Elemento del Código No 4:
LA ENFERMERA Y SUS COMPAÑEROS DE TRABAJO
Enfermeras en ejercicio y gestoras
Crear conciencia de las funciones específicas y de las que se superponen, y de la posibilidad de tensiones interdisciplinarias.
Desarrollar en el lugar de trabajo sistemas que favorezcan valores y comportamientos profesionales éticos comunes.
Desarrollar mecanismos para proteger a la persona, la familia o la comunidad cuando el personal de atención de salud ponga en peligro los cuidados que ellas reciben.
Docentes e investigadoras
Desarrollar la comprensión de las funciones de los demás trabajadores.
Difundir la ética de la enfermería a otras profesiones.
Inculcar en los que aprenden la necesidad de proteger a la persona, la familia o la comunidad cuando el personal de atención de salud ponga en peligro los cuidados que ellas reciben.
Asociaciones nacionales de enfermeras
Estimular la cooperación con otras disciplinas relacionadas.
Desarrollar la conciencia de los problemas éticos de otras profesiones.
Facilitar directrices, declaraciones de posición y foros de debate sobre la protección de las personas cuando el personal de atención de salud ponga en peligro los cuidados que ellas reciben.

DIFUSIÓN DEL CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL CIE PARA LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA
Para que sea eficaz, el Código deontológico del CIE para la profesión de enfermería, debe ser conocido por las enfermeras.
Alentamos a ustedes a contribuir a su difusión en las escuelas de enfermería, entre las enfermeras en ejercicio y en la prensa y otros medios de comunicación social de la enfermería. El Código debe también distribuirse a las demás profesiones de salud, al público en general, grupos de consumidores y grupos de elaboración de políticas, y a las organizaciones de derechos humanos y a los empleadores de las enfermeras.
GLOSARIO DE LOS TERMINOS UTILIZADOS EN EL CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL CIE PARA LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA
Compañeros. Las demás enfermeras y otros trabajadores y de trabajo profesionales de salud o no relacionados con ellas.
Familia. Una unidad social compuesta por miembros conectados por la sangre, el parentesco, y por relaciones emocionales o legales.
Grupos. Otras enfermeras, trabajadores de atención de relacionados de salud u otros profesionales que prestan servicios a las personas, familias o comunidades y que trabajan para conseguir unas metas propuestas.
Información. Información obtenida a través de un contacto personal profesional propio de una persona o familia y que si se difunde puede violar el derecho a la intimidad personal, causar inconvenientes, dificultades o perjuicios a la persona o familia.
La enfermera. La enfermera, en tanto que profesional de la comparte con salud y ciudadana, inicia y apoya acciones la sociedad adecuadas para responder a las necesidades de salud y sociales del público.
Relación. de Relación profesional que se basa en acciones y cooperación conductas de grupo y recíprocas que tienen por objeto conseguir ciertas metas.
Salud personal. El bienestar mental, físico, social y espiritual de la enfermera.

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