DECRETO 1705/2007
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
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Convenio interjurisdiccional. Autorización al Ministerio de Salud Publica a firmar el Convenio Marco Proyecto Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública creado por el dec. 841/2007.
del 13/09/2007; Boletín Oficial 28/09/2007.
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Visto: El Decreto Nacional N° 841/07;
Considerando:
Que por el citado Decreto se aprueba el Proyecto Funciones Esenciales de Salud Pública, el que tiene por finalidad reducir la mortalidad y morbilidad producida por daños epidemiológicos y asimismo disminuir la exposición de la población a factores de riesgo asociados con la salud;
Que con la implementación del citado Programa se asegura la cobertura universal de los habitantes de la Provincia mediante la implementación de un conjunto pormenorizado de Programas de Salud Pública;
Que en este marco, el Programa se implementara mediante un Convenio de Préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), quien asistirá financieramente a la Nación, la que girará los fondos a las Provincias;
Que de acuerdo a la Ley de Ministerios N° 5549 Art. 9, dentro de las misiones funciones y objetivos del Ministerio de Salud Pública, corresponde designar a este ultimo como Organismo Ejecutor del Proyecto Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública, a fin de que tome las medidas pertinentes para la correcta y normal ejecución, y para la consecución de los objetivos previstos;
Que resulta necesario crear una Unidad Ejecutora Provincial, dentro del ámbito del Ministerio de Salud Pública, como coordinadora del Proyecto que actué en forma directa y especifica en las actividades, y la que actuara como referente Provincial del Programa;
Que asimismo es indispensable la apertura de una cuenta corriente bancaria denominada FESP, para la distribución de los Fondos provenientes de la Nación para la implementación del Programa;
Por ello: El Gobernador de la Provincia decreta:
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Artículo 1° - Autorizar al Ministerio de Salud Pública a firmar el Convenio Marco Proyecto Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública, creado por el Dto. Nacional N° 841/07.
Art. 2° - Desígnase al Ministerio de Salud Pública, como organismo ejecutor del Proyecto Funciones Esenciales y Programas de Salud Pública, autorizando al mismo para tomar la medidas que estime correspondientes para el desarrollo de las actividades de Proyecto, su correcta y normal ejecución, así mismo la consecución de los objetivos previstos.
Art. 3° - Autorícese la apertura de una cuenta corrientes bancaria bajo la denominación FESP, cuyos firmantes alternos o conjuntos serán, el Sr. Ministro de Salud Pública Dr. Adolfo Schneider, DNI N° 14.798.510, CUIT 24-14798510-0 y el Sr. Director General de Programas y Recursos Humanos dependiente de dicha cartera Dr. Jorge Cialzeta, DNI N° 23.396.301, CUIT 20-23396301-1.
Art. 4° - Créase una Unidad Ejecutora Provincial, bajo la orbita del Ministerio de Salud Pública, para la puesta en marcha del Proyecto.
Art. 5° - El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Salud Pública.
Art. 6° - Comuníquese, etc.
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