RESOLUCION 178/2005
SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE (S.S.M.A.)


 
Medio ambiente. Evaluación del impacto ambiental. Transporte de residuos sólidos y semisólidos no peligrosos. Incorporación como emprendimiento o actividad en la nómina del art. 17 de la ley 6571.
Del 14/10/2005; Boletín Oficial 26/10/2005.

Visto:
El Expediente Nº 507-0385-05, del registro de la Subsecretaría de Medio Ambiente; y
Considerando:
Que, por las citadas actuaciones la Dirección de Gestión Ambiental, eleva a consideración el Proyecto de Reglamentación, mediante el cual se propone la inclusión en el Artículo 17 de la Ley 6511, modificada por la Ley 6800, el encuadre de la actividad de los tranportistas de residuos Sólidos Urbanos, sus asimilables y Escombros dentro del territorio de la Provincia de San Juan.
Que, a fs. 01 se adjunta los fundamentos que dan origen al pedido formulado, fundamentos los cuales se respaldan a circunstancias que responden a necesidades técnicas y programáticas que allí, son indicadas las cuales todas ellas derivan del accionar de este Organismo conforme sus facultades y competencias que en materia ambiental le otorga la normativa legal en vigencia.
Que, en conformidad al Decreto Nº 1262/00, expresamente dispone que a los fines que establecen las Leyes Nº 6571/94, su modificatoria Ley 6800; 6634, 6911, 6912, 6913 y Decreto Reglamentario 2067-MPIyMA- 97, se designa a la Dirección de Política Ambiental hoy Subsecretaría de Medio Ambiente, como Autoridad Ambiental de la Provincia y consecuentemente Organismo de aplicación de las mismas.
Que, teniendo en cuenta la iniciativa y los fundamentos obrante a fs. 01 y al proyecto que corre agregado de fs. 02 a 05, la misma no se encuentra comprendida dentro de la enumeración del Art. 17, siendo dicha enumeración simplemente enunciativa o ejemplificativa, por ende corresponde a la Autoridad de Aplicación, la Subsecretaría de Medio Ambiente, dictar el Acto Administrativo, mediante la cual se proceda a incluir dentro del régimen normativo de referencias a la actividad de transportistas de Residuos Sólidos Urbanos con más sus asimilables y escombros, todo ello en virtud de las disposiciones contenidas en la normativa en vigencia, Ley 7375 su modificatoria 7396, Leyes 6571, 6800, 6634, Código Sanitario Provincial Ley 2353, Ley 25.916 Residuos Sólidos Domiciliarios.
Que, ha intervenido Asesoría Letrada de la Subsecretaría de Medio Ambiente.
Por ello: El Subsecretario de Medio Ambiente, resuelve:

Artículo 1º - Incorpórase como emprendimiento o actividad de transporte de Residuos Sólidos y Semisólidos no Peligrosos, en la nómina del Artículo 17 de la Ley 6571, su modificatoria Ley 6800 y su Decreto Reglamentario Nº 2067-MPIyMA-97, sujeto a los requerimientos técnicos que como Anexo I y Anexo II se integran al presente instrumento legal, que deberán cumplir todas aquellas empresas particulares y/o transportistas de Residuos Sólidos y Semisólidos Urbanos, en un todo de acuerdo a lo establecido en las normativas vigentes y a lo expresado en los considerandos, a efectos de la presentación del Manifiesto General de Impacto Ambiental.
Art. 2º - Los tipos de residuos sólidos a considerar son los siguientes:
Categoría 1 a 5
1. Residuos Domiciliarios
a) Orgánicos degradables (restos de comidas y afines, papeles y cartones).
b) Inorgánicos (vidrios, metales y plásticos).
2. Residuos de limpieza Municipal
a) Residuos de limpieza en general.
b) Escombros de obras, demoliciones y en general.
c) Residuos "verdes".
3. Residuos Comerciales e institucionales asimilables a domiciliarios.
4. Residuos Industriales y agrícolas asimilables a domiciliarios.
5. Residuos semisólidos provenientes de efluentes cloacales.
Art. 3º - Los vehículos de Transporte de residuos Categoría 1, 2, 3 y 4 sólidos de propiedad de estado provincial y de los municipios comprendidos en el territorio provincial se adecuarán a las condiciones determinadas para el plan de gestión Integral de Residuos Sólidos de San Juan.
Art. 4º - Será de aplicación la presente Resolución para transportes de Residuos Semisólidos provenientes de efluentes cloacales de propiedad del estado provincial y municipal.
Art. 5º - Comuníquese, etc.
Tello.

ANEXO I
Requisitos para la autorización de la actividad de transporte de residuos sólidos y semisólidos no peligrosos (Categoría 1 a 4).
1. Datos de Identificación
a) Nombre completo, razón social del establecimiento o empresa.
b) Nombre del Representante Técnico, Matrícula Profesional y domicilio en la Provincia de San Juan.
c) Domicilio de la Empresa y/o en la Provincia de San Juan.
d) Domicilio del lugar de Base principal o fija de la Actividad. Otros Domicilios que corresponden al Punto 7 o que se considere conveniente acompañar.
2. Identificación del Material que transporta o a transportar:
a) Información General.
b) Placa Identificatoria de Residuos Sólidos Urbanos y Escombros.
c) Características y Propiedades físico - químicas.
d) Riesgo a la Salud y Toxicidad Ambiental.
e) Otras consideraciones, como Capacidad de los Contenedores y Equipos o Vehículos que los transporta.
f) Guardas pintadas de prevención vial en el Contenedor, de manera: Banda principal horizontal de 0,50 m. de alto, compuesta por bandas alternadas oblicuas a 45º de 0,30 m. de ancho, negras y amarillas (o fosforescente). Consultar ubicación con el Area de Proyectos Especiales de la SSMA.
3. Plan de manejo de Carga, Transporte, Descarga y Trasbordo:
a) Identificación de posibles Riesgos en dichas operaciones y responsables de las mismas.
4. Plan de Contingencia ante Accidentes;
a) Medidas de Control para Derrames o Vuelcos: Medidas de Mitigación y/o Remediación.
b) Programa de Capacitación al Personal de la Empresa.
c) Números de Teléfono de Emergencias de la Empresa y en General.
5. Documentación de los Vehículos:
a) Título de los Automotores.
b) Seguras de los vehículos.
6. Documentación Requerida a los Conductores de los Vehículos:
a) Carnet Categoría Profesional.
b) A.R.T. (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).
7. Información general para Casos de Tareas contractuales y/o habituales:
a) Origen de los Residuos que se transportan.
b) Frecuencia de los viajes y cantidades aproximadas de Residuos.
c) Destino Final de los Residuos, Zonas o lugares destinados a Depósitos transitorios, Trasbordos y/o Plantas de Transferencias.
8. Documentación solicitada de otros organismos:
a) Autorización de la Dirección de Tránsito y Transporte.
b) Inscripción el Registro de Actividades en la Subsecretaria de Medio Ambiente (Empadronamiento).
c) Certificado otorgado por la Policía de San Juan, División Bomberos de los Sistemas de Protección contra Incendio de los Vehículos.
d) Para casos de vehículos de Empresas de otra Provincia, se requiere Certificación de Bomberos de la Provincia de origen o de San Juan.
9. Información General para casos de Tareas contractuales eventuales, no habituales o de Urgencias o Emergencias:
a) Ante casos de Emergencias o Urgencias: Se deberá dar información por Fax, Correo electrónico o telegráfica a la Subsecretaría de Medio Ambiente, cumpliendo además con disposiciones de Tránsito y Transporte y/o las dispuestas por las Autoridades que correspondan por las situaciones de Emergencias. La información deberá responder a los lineamientos generales de los puntos anteriores y requerir respuesta de Autorización por parte de las Autoridades de la Subsecretaría de Medio Ambiente.
b) Informar los casas eventuales donde de hecho, se formalicen Tareas cuyas responsabilidades correspondan a las de tipo UTE.
c) Otros datos que considere el Proponente acompañar.
ANEXO II
Requisitos para la autorización de la actividad de transporte de residuos semisólidos no peligrosos provenientes de efluentes cloacales y otros (Categoría 5).
1. Datos de Identificación
a) Nombre completo, Razón Social del Establecimiento o Empresa.
b) Nombre del Representante Técnico, Matrícula Profesional y domicilio en la Provincia de San Juan.
c) Domicilio Legal de la Empresa y/o en la Provincia de San Juan.
d) Domicilio del lugar de Base principal o fija de la Actividad. Otros Domicilios que corresponden al Punto 7 o que se considere conveniente acompañar.
2. Identificación del Material que transporta o a transportar:
a) Información General.
b) Placa Identificatoria.
c) Características y Propiedades físico - químicas.
d) Riesgo a la Salud y Toxicidad Ambiental.
e) Otras consideraciones, como Capacidad de los Contenedores y Equipos o Vehículos que los transporta.
3. Plan de Manejo de Carga, Transporte y Descarga:
a) Identificación de Posibles Riesgos en dichas operaciones y responsables de las mismas.
4. Plan de Contingencia ante Accidentes:
a) Medidas de Control para Derrames o Vuelcos: Medidas de Mitigación y/o Remediación.
b) Programa de Capacitación al Personal de la Empresa.
c) Números de Teléfonos de Emergencias de la Empresa y en General.
5. Documentación de los Vehículos:
a) Título de los Automotores.
b) Seguros de los vehículos.
6. Documentación Requerida a los Conductores de los Vehículos:
a) Carnet Categoría Profesional.
b) A.R.T. (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).
7. Información general para Casos de Tareas contractuales y/o habituales:
a) Origen de los Residuos que se transportan.
b) Frecuencia de los viajes y cantidades aproximadas de Residuos.
c) Destino Final de los Residuos, Zonas o lugares autorizados por las Autoridades intervinientes.
8. Documentación solicitada de otros organismos.
a) Autorización de la Dirección de Tránsito y Transporte.
b) Inscripción en el Registro de Actividades en la Subsecretaría de Medio Ambiente (Empadronamiento).
c) Certificado otorgado por la Policía de San Juan, División Bomberos de los Sistemas de Protección contra Incendio de los Vehículos.
9. Información General para casos de Urgencias o Emergencias:
a) Ante casos de Emergencias o Urgencias: Se deberá dar información por Fax, Correo electrónico o telegráfica a la Subsecretaría de Medio Ambiente, cumpliendo además con disposiciones de Tránsito y Transporte y/o las dispuestas por las Autoridades que correspondan por las situaciones de Emergencias.
Tello.

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