DECRETO 1334/1994
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA


 
Sistema de recupero hospitalario -- Reglamentación de la ley 8373 -- Aprobación.
del: 09/06/1994; Boletín Oficial 19/07/1994

Apruébase la reglamentación de la ley 8373 que establece el sistema de recupero de gastos prestacionales que se operen en el ámbito de los establecimientos dependientes del Ministerio de Salud.

Artículo 1º -- Apruébase la reglamentación de la ley 8373 que establece el sistema de recupero de gastos prestacionales que se operen en el ámbito de los establecimientos dependientes del Ministerio de Salud, como así también los descentralizados comprendidos en la ley 7850 y sus modificatorias, la que compuesta de una (1) foja, forma parte integrante del presente decreto como anexo I (*).
(*) Omitida su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 2º -- Dispónese que en un plazo de noventa (90) días a partir de la fecha del presente decreto, el Ministerio de Salud dicte el procedimiento técnico administrativo para la aplicación de la ley 8373 y la reglamentación que obra en anexo I.
Art. 3º -- El presente decreto será refrendado por el señor ministro de Salud.
Art. 4º -- Comuníquese, etc.
Angeloz. -- Conde.


Copyright © BIREME  Contáctenos