LEY 5199
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)
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Adhiere Ley Nacional 25.392. Registro Nacional de Donantes Células Progenitoras Hematopoyéticas.
Sanción: 16/04/2003; Promulgación: 07/05/2003; Boletín Oficial 14/05/2003
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La Cámara de Diputados de la provincia del Chaco sanciona con fuerza de Ley:
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Artículo 1.- Adhiérase la provincia del Chaco a la ley nacional 25.392, de creación del registro nacional de donantes de células progenitoras hematopoyeticas.
Art. 2.- Establécese que el Poder Ejecutivo deberá disponer en los distintos ámbitos de su competencia, la implementación de actividades especificas que contribuyan al cumplimiento de la presente.
Art. 3.- Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Walter Horacio Acevedo; Irene Ada Dumrauf
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